MODIFICA ORDENANZA LOCAL SOBRE DERECHOS MUNICIPALES
Núm. 0845.- Mulchén, 31 de Diciembre de 1991- Vistos: El Decreto Administrativo N°s 836, de fecha 20 de Diciembre de 1989, que contiene la Ordenanza Local sobre Derechos Municipales por Concesiones, Permisos y Servicios, publicada en el Diario Oficial de fecha 23 de Enero de 1990, modificado por Decretos Administrativo N°s 575, de fecha 28 de septiembre de 1990 y No. 043, de fecha 15 de Enero de 1991; lo dispuesto en el Art. 41° y siguientes del Decreto Ley No. 3063, de 1979, del Ministerio del Interior, sobre Rentas Municipales, el acuerdo adoptado por el Consejo de Desarrollo Comunal de Mulchén, en reunión ordinaria, celebrada con fecha 20 de Diciembre de 1991, según consta en Certificado extendido por el señor Secretario Municipal y del Codeco, que se adjunta; la facultad que me confiere la Ley No. 18. 695, de 1988, del Ministerio del Interior, Orgánica Constitucional de Municipalidades.

Decreto:


1. Modifícase la Ordenanza Local sobre Derechos Municipales por Concesiones, Permisos y Servicios, aprobada por Decreto Administrativo No. 836, de fecha 20 de Diciembre de 1989, publicada en el Diario Oficial de fecha 23 de Enero de 1990, modificado por Decretos Administrativos N°s 575, de fecha 28 de Septiembre de 1990 y No. 043, de fecha 15 de Enero de 1991, como a continuación se indica:
1.1 AGREGASE:
- En el Art. No. 7, el siguiente inciso:
"N° 16.- Autorización Comercio en Artesanía    0.01 UTM
- En el Art. No. 12, el siguiente inciso:
"N° 12.- Arriendo Casa de la Cultura, por hora (Se exime de esta Obligación los Establecimientos Educacionales por presentación de Actividades de tipo Cultural o Técnico Pedagógico) 0.10 UTM
1.2. SUSTITÚYASE:
- El No. 2, del Art. No. 7, por el siguiente:
"N° 2.- Por Funcionamiento de Circo, incluido propaganda por
Altoparlantes, diario                  0.10 UTM
- El No. 1, del Art. 10, por el siguiente:
"N° 1.- Comercio Ambulante a Domicilio:
a.- Venta de Cochayuyo, Diario          0.01 UTM
b.- Venta de Paquetería y Otros        0.03 UTM
2.- La presente modificación regirá a contar del día 01 de Enero de 1992.


Anótese, infórmese al señor Intendente de la VIII Región del Bío Bío, publíquese en el Diario Oficial de la República de Chile, transcríbase a todas las reparticiones municipales y archívese. Carlos Sanhueza Figueroa, Secretario Municipal Subrogante.- Emilio Quezada Salamanca, Alcalde subrogante.