DICTA ORDENANZA QUE INDICA

Núm. 198 exento.- Talagante, 14 de Mayo de 1992.- Vistos y Considerando: 1.- La necesidad de reglamentar el buen uso de efectuar promoción y propaganda comercial en la vía pública y otros lugares de acceso al público en la comuna de Talagante; los acuerdos N°s. 323 del 21 de Febrero de 1992 y 355 del 24 de Marzo de 1992 del Consejo de Desarrollo Comunal (CODECO).
Teniendo presente: Las facultades que me confiere la Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades No. 18.695 de 1988 y DL 3.063 sobre Rentas Municipales.

Decreto:

NOTA:
      El artículo 61 de la ORZ 3, Municipalidad de Talagante, publicada el 31.12.1998, derogó el este decreto.
1°.- Díctase la siguiente ordenanza municipal para la realización de propaganda en la vía pública y otros lugares de acceso al público en la comuna de Talagante, cuyo texto forma parte integrante del presente decreto.

Anótese, publíquese en el Diario Oficial, comuníquese, transcríbase a las unidades municipalidades y archívese.- Ernesto Muller López, Alcalde.- Adela Moya Lemus, Secretaria Municipal.