MODIFICA ORDENANZA LOCAL SOBRE DERECHOS MUNICIPALES POR CONCESIONES, PERMISOS Y SERVICIOS

Núm. 83 exento.- Linares, 12.01.90.- Vistos: Lo dispuesto en el Artículo 43 del DL No. 3.063 de 1979, sobre Rentas Municipales;
El Decreto Exento No. 54 de fecha 16 de Enero de 1986; Decreto Exento No. 357 del 02.04.86; Decreto Exento No. 89 del 22.01.87; Decreto Exento No. 1.937 del 28.12.88; Decreto Exento No. 54 de fecha 18.01.89;
Las facultades que me confiere la Ley No. 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades,

Decreto
Modifícase, la ordenanza local sobre derechos municipales por concesiones permisos y servicios, promulgada y modificada por los Decretos Mencionados en Vistos, en la forma que se indica:
I.- Reemplácese el Artículo 4 por el siguiente:
"Los Servicios por trabajos especiales que se indican, pagarán los derechos municipales que para cada caso se señalan:

1) Retiro especial de vehículos: 1/2 UTM
2) Si el retiro especial de vehículos es encargado a una empresa privada el derecho a pagar será el que cobre dicha Empresa.
3) Retiro de Kiosco y otras especies :1 UTM"
II.- Reemplácese en el Artículo No. 5° la expresión: "40,00 por hora" por los siguiente: "30,00 por media hora". III.- Reemplácese en el Artículo 6 No. 4, la expresión:
"0,10 UTM" por "1/10 UTM; en el No. 7 las expresiones: "0,25 UTM" por " 1/4 UTM" y " 0,50 UTM" por "1/2 UTM"; en el No. 10 la expresión " 0,25 UTM" por "1/4 UTM"; en el No. 13 la expresión "1/2 UTM" por "1 UTM"; en el No. 15 la expresión " 0,20 UTM" por " 1/5 UTM"; en el No. 16 la expresión "0,05 UTM" " 1/20 UTM" por " 1/5 UTM"; en el No. 17 la expresión " 0,10 UTM" por " 1/10 UTM"; en el No. 18 la expresión " 0,20 UTM" por " 1/5 UTM"; y derógase el No. 11.
IV.- Reemplácese en el Artículo 9° la letra a por lo siguiente: "a) Kioscos de suplementeros, adheridos o no al suelo, hasta 4 mt2, ocupado anual, zona no céntrica 1/4 UTM zona céntrica 1/2 UTM En zona no céntrica por cada Mt2 que exceda los 4 Mt2 se recargará en 1/2 UTM y en zona céntrica se recargará por idéntico concepto en 1 UTM a bis: Otros Kioscos o instalaciones para ventas menores adheridas o no al suelo hasta 4 Mt2 ocupado anual, zona no céntrica 2 UTM zona céntrica 4 UTM. En zona no céntrica por cada Mt2 en que exceda los 4 Mt2 se recargará en 1 UTM, en zona céntrica se recargará por idéntico concepto en 2 UTM En la letra g del mismo artículo 9° reemplácese la expresión " 1/10 UTM" por "1/2 UTM y la expresión " 1/5 UTM" por " 1 UTM".
V.- Agréguese al Artículo 9 bis el siguiente inciso final:
"En caso de mora en el pago de los derechos municipales correspondientes a las Pérgolas, se cursará la correspondiente infracción al Juzgado de Policía Local, el que ordenará el pago bajo apercibimiento de clausura si no cumpliere dentro del octavo día".
VI.- Reemplácese en el Artículo 15 No. 1 la expresión "1 UTM" por "2 UTM".
Reemplácese en el No. 9 del mismo artículo 15 por lo siguiente:
"Andamios y cierros para construcción por Mt2 de ocupación de vía pública por mes o fracción de mes, zona céntrica, 2 cuotas de ahorro para la vivienda; zona no céntrica, 1 cuota de ahorro para la vivienda.
Para los efectos de distinguir la zona céntrica de la no céntrica, se estará a lo dispuesto en el Artículo 9°".- VII.- Suprímase en el Artículo 17 No. 2 la expresión " o el reglamento" y reemplácese la expresión " 1/20 UTM" por " 1/30 UTM".-
Reemplácese en los N°s 3 y 4 del mismo Artículos 17 las expresiones " 1/20 UTM" y "1/30 UTM" por " 1/30 UTM" y " 1/60 UTM" respectivamente.-
Reemplácese en el No. 5 del Artículo 17 las expresiones; "$ 2.000.- , $ 3.000.- y $ 5.000.- " por las expresiones "$ 4.000.- , $ 6.000.- y $ 10.000.- respectivamente.
Comuníquese, transcríbase y publíquese.- Juan Jorge Talma García, Alcalde de la Comuna.- Fernando Villela Benavente, Secretario Municipal (S).