MODIFICA ORDENANZA LOCAL SOBRE DERECHOS MUNICIPALES
Ñuñoa, 05 de Enero de 1990.- La Alcaldía de Ñuñoa decretó hoy lo siguiente:
Núm. 14 exento.- Teniendo Presente: La necesidad de ajustar el cobro de los derechos Municipales que efectúan las Direcciones respectivas y modificar alguna materia relacionada con dichos cobros, lo resuelto por el Codeco en su sesión ordinaria No. 13 de fecha 18 de Diciembre de 1989, y Vistos: Lo dispuesto en el art. 43 del DL No. 3.063 de 1979, sobre Rentas Municipales y teniendo presente las facultades que me otorga la Ley No. 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades:

Decreto:


I) Modifícase la Ordenanza Local sobre Derechos Municipales, promulgada por Decreto Exento No. 43 de fecha 27.01.84 y sus modificaciones posteriores, en la forma que se indica.
1) Sustitúyase la letra c) y el inciso final del art. 11 por el siguiente:
c) Dar cuenta al Servicio de Salud del Ambiente: de acuerdo en lo dispuesto con el Código Sanitario.
- La Dirección de Inspección y Servicios deberá hacer exigir lo establecido en la letra a) b) y c) de este artículo.
2) Derógase la letra y) y la letra Z-1 del art. 13°.
3) Modifícase el porcentaje de la letra Z - 2 del art. 13° por el siguiente 0,005 UTM.
4) Sustitúyase la letra f) del art. 14 por la siguiente:
f) Otros no clasificados.
5) Sustitúyase el inciso final del art. 14 por el siguiente:
Lo establecido en este artículo será ejecutado por la Dirección de Inspección y Servicios.
6) Derógase el inciso final de la letra h) del art. 15°.
7) Agrégase el art. 17 la siguiente letra
c) Ocupación de un Bien Nacional de uso Público con construcciones y/o instalaciones con fines de lucro trimestral por m2 0,30 UTM.
8) Derógase la letra h) del art. No. 18.
II) La Ordenanza sobre Derechos, Permisos y Concesiones aprobada por Decreto Alcaldicio No. 43 de fecha 27 de Enero de 1984 y sus modificaciones, seguirá vigente en todas sus disposiciones que no hayan sido modificada o derogada por el presente Decreto.


2) Anótese, notifíquese, transcríbase el presente Decreto a las Dependencias Municipales, respectivas y publíquese en el Diario Oficial. Cúmplase y hecho. Archívese.
Ricardo Araya Meza, Alcalde, I. Municipalidad de Ñuñoa.- Miguel Angel Ponce de León G., Secretario Municipal.