EXPROPIA INMUEBLES QUE INDICA

Núm. 102 exento.- Talagante, 03 de Abril de 1989.- Vistos y Considerando:
1) El Plan Regulador Comunal, aprobado por Decreto Supremo No. 271 del Ministerio de Obras Públicas, publicado en el Diario Oficial de fecha 26 de Enero de 1946 y su posterior modificación aprobada por Decreto Supremo No. 184 del Ministerio de la Vivienda y Urbanismo y publicado en el Diario Oficial de fecha 12 de Noviembre de 1988.
2) La Ley Orgánica de Procedimientos de expropiaciones, Decreto Ley No. 2.186 y sus modificaciones.
3) El Decreto del Ministerio de Hacienda No. 540, publicado en el Diario Oficial de 07 de Diciembre de 1978, que aprobó la lista de peritos para la Región Metropolitana.
4) El Ord. No. 078-A de fecha 22 de Marzo de 1989 de la Dirección de Obras Municipales, a Alcalde de Talagante, en que solicita se inicie el procedimiento expropiatorio de los inmuebles individualizados en dicho documento. Teniendo presente las facultades que me confiere la Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades 18.695 de 1988.

Decreto:


1° Resuélvanse las expropiaciones parciales de los siguientes inmuebles:
a) Inmueble ubicado en calle 21 de Mayo No. 1516, Rol 184/77.
b) Inmueble ubicado en calle 21 de Mayo No. 1448, Rol 184/76, de las áreas que aparecen señaladas en el plano anexo a este decreto y que forma parte de él, para dar cumplimiento al Plan Regulador Comunal en lo que se refiere a la apertura de calle Hospital Provincial y que tiene los siguientes deslindes:
Norte: Con resto de la propiedad de calle 21 de Mayo No. 1448; con propiedades de calle Francisco Chacón No. 1373 y No. 1385; con límite Sur actual de calle Francisco Chacón; con propiedad calle Francisco Chacón No. 1386; con propiedades Pasaje Julio Riadi No. 1381 y No. 1380; con propiedades pasaje Héctor Correa Canales No. 1397 y 1398; con propiedades Pasaje Luisa Jorquera López No. 1395 y 1396; con propiedad pasaje Esperanza No. 1379 y con propiedad calle Balmaceda No. 1405.
Sur: Con resto de la propiedad calle 21 de Mayo No. 1516. Oriente: Canal Trebulco.
Poniente: Calle 21 de Mayo.
c) Inmueble ubicado en calle Manuel Rodríguez No. 96, Rol 80-7.
d) Inmueble ubicado en calle Manuel Rodríguez No. 98, Rol 80-8.
e) Inmueble ubicado en calle Manuel Rodríguez No. 114, Rol 80-9.
f) Inmueble ubicado en calle Manuel Rodríguez No. 130, Rol 80-10, de las áreas que aparecen señaladas en el plano anexo a este Decreto y que forma parte de él, para dar cumplimiento al Plan Regulador Comunal, en lo que se refiere a la apertura y prolongación de calle 4 de Septiembre y que tiene los siguientes deslindes:
Norte: Con resto de propiedades calle Manuel Rodríguez No.
96; No. 98 y No. 114.
Sur: Con resto de propiedades calle Manuel Rodríguez No. 114 y No. 130.
Oriente: Con calle 4 de Septiembre.
Poniente: Con calle Manuel Rodríguez.
g) Inmueble ubicado en Avda. Bernardo O'Higgins No. 0325, Rol 22-6, del área que aparece señalada en el plano anexo a este Decreto y que forma parte de él, para dar cumplimiento al Plan Regulador Comunal en lo que se refiere a la prolongación de la calle Larraín y que tiene los siguientes deslindes:
Nor-Oriente: Con resto de la propiedad de Avda. Bernardo O'Higgins No. 0325.
Nor-Poniente: Línea de Ferrocarril Santiago - Cartagena. Sur-Poniente: Con resto de la propiedad de Avda. Bernardo O'Higgins No. 0325.
Oriente: Con propiedad de Avda. Bernardo O'Higgins No. 0441.
h) Inmueble ubicado en Avda. Bernardo O'Higgins No. 529, Rol 82-31.
i) Inmueble ubicado en Avda. Bernardo O'Higgins No. 793, Rol 122-42.
j) Inmueble ubicado en Avda. Bernardo O'Higgins No. 969-971 Rol 162-8.
k) Inmueble ubicado en Avda. Bernardo O'Higgins No. 1010, Rol 183-10.
l) Inmueble ubicado en calle José Leyán Z. No. 763, Rol 182-6.
ll) Inmueble ubicado en Avda. Bernardo O'Higgins No. 1088, Rol 183-22.
m) Inmueble ubicado en Avda. Bernardo O'Higgins No. 1102, Rol 203-9, de las áreas que aparecen señaladas en el plano anexo del presente Decreto y que forma parte de él, para dar cumplimiento al Plan Regulador Comunal, en lo que se refiere al ensanche de la Avenida Bernardo O'Higgins de Talagante y cuyos deslindes en el mismo orden indicado son los siguientes:
h) Deslindes: Al Norte con resto de la propiedad del expropiado en 10,10 m.
Al Sur con Avda. Bernardo O'Higgins en 10,10 m. Al Oriente, con Rol 82-30 de Rosa González Castillo en 2,15 mts.
Al Poniente con franja cedida a la Municipalidad en 2,15 mts.
i) Deslindes: Al norte con resto de la propiedad del expropiado en 14,90 m.
Al Sur con Avda. Bernardo O'Higgins en 14,90 m. Al Oriente con Rol 122-23 de Otilia Martínez Meza en 3,00 m. Al Poniente con calle Balmaceda en 3,00 m.
j) Deslindes: Al norte con resto de la propiedad del expropiado en 9,90 m.
Al Sur con Avda. Bernardo O'Higgins en 9,90 m. Al Oriente con Rol 162-7 de Emilio Carcur Riadi y Otros en 2,47 m.
Al Poniente con Rol 162-9 de Jaen Cornejo Abrigo en 2,47 m.
k) Deslindes: Al Norte con Avda. Bernardo O'Higgins en 22,22 m.
Al Sur con resto de la propiedad del expropiado en 22,22 m. Al Oriente con calle José Leyán en 3,20 m.
Al Poniente con Rol 183-11 de Humberto Aravena Pérez en 3,20 m.
l) Deslindes: Al Norte con resto de la propiedad del expropiado en 14,00 m.
Al Sur con Avda. Bernardo O'Higgins en 14,00 m. Al Oriente con calle José Leyán en 2,95 m.
Al Poniente con franja cedida a la Municipalidad en 2,95 m.
ll) Deslindes: Al Norte con Avda. Bernardo O'Higgins en 13,10 m.
Al Sur con resto de la propiedad del expropiado en 13,10 m. Al Oriente con franja cedida a la Municipalidad en 3,10 m. Al Poniente con franja cedida a la Municipalidad en 3,90 m.
m) Deslindes: Al Norte en 16,10 m. con Avda. Bernardo O'Higgins.
Al Sur en 16,10 m. con resto de la propiedad del expropiado. Al Oriente con calle Francisco Chacón en 2,30 m. Al Poniente con Rol 203-10 de María Vilches Vargas en 2,30 m.

2° Desígnase una Comisión Tasadora integrada por la Sra. Nancy Sánchez Sepúlveda, Arquitecto, René Ureta Koster, Arquitecto y José Miguel Haltenholf Aemshanster, Constructor Civil, que tendrán a su cargo la determinación del monto provisional de la indemnización que deberá pagar la Municipalidad por la expropiación de los inmuebles individualizados en el numerando anterior.
3° Dentro del plazo de 3 días a contar de la notificación del presente decreto a los peritos designados, éstos deberán aceptar el cargo por escrito, jurando desempeñar con fidelidad y en el menor tiempo posible, de conformidad con lo establecido en el Artículo 4 del Decreto Ley No. 2.186 de 09 de Junio de 1978.

Anótese, comuníquese y notifíquese a los peritos a través del Secretario Municipal en su calidad de Ministro de Fe, y hecho archívese.- Ernesto Muller López. Alcalde.- Adela Moya Lemus. Secretaria Municipal.
Lo que transcribo para su conocimiento.- Saluda atentamente a Ud.- Adela Moya Lemus, Secretaria Municipal.