COMPLEMENTA ORDENANZA MUNICIPAL No. 1, DE 1990
Núm. E152/90 Colina, 20 de Agosto de 1990.- Vistos: El Memorandum de la Directora de Finanzas de fecha 14 de Agosto de 1990, en orden a complementar la Ordenanza No. 01/90, publicada en el Diario Oficial de fecha 01 de Febrero de 1990; y en uso de las facultades que me confiere la Ley No.
18.095, Orgánica Constitucional de Municipalidades.
Decreto:
1.- Compleméntese la Ordenanza Municipal No. 01-90, publicada en el Diario Oficial de fecha 01 de Febrero de 1980, en la siguiente forma.
A.- Agrégense los siguientes números al Articulo 12° de la Ordenanza:
3.3.- Letreros, carteles y avisos no luminosos anual
por metro cuadrado a fracción ocupado, dentro de la
línea de cierre de la propiedad 30% UTM
3.4.- Letreros, carteles o avisos no luminosos, anual
por metro cuadrado o fracción ocupado, fuera de la
línea de cierre de la propiedad 40% UTM
3.5.- Letreros, carteles o avisos luminosos, anual por
metro cuadrado o fracción ocupado, dentro de la línea
de cierre de la propiedad 20% UTM
3.6.- Letreros, carteles o avisos luminosos, anual por
metro cuadrado o fracción ocupado, fuera de la línea
de cierre de la propiedad 30% UTM
3.7.- Papeleros y otros elementos de servicio público,
anual por unidad 10% UTM
3.8.- Hombre, publicidad semanal 5% UTM
3.9.- Letreros camineros, anual por metro cuadrado o fracción
25% UTM
3.10.- Parlantes, radiodifusión o cualquier elemento
reproductor o difusor de sonido al exterior, estacionado o
móvil por día 25% UTM
3.11.- Propaganda especiales no señaladas. 50% UTM
3.12.- No estarán afectas al pago de derechos de publicidad y/o propaganda aquellas de carácter religioso que realiza la autoridad pública; lo rótulos de los Establecimientos de Salud, Educación, Gremiales, Profesionales. Tampoco estarán afectos los avisos interiores de los Establecimientos Comerciales.
2.- Estas disposiciones complementarias entrarán en vigencia a contar de esta fecha.
Anótese, comuníquese y publíquese en el Diario Oficial y archívese.- Ciro Gutiérrez Simonielle, Alcalde.- Fernando Rojas Salinas, Secretario Municipal.