MODIFICA ORDENANZA SOBRE DERECHOS MUNICIPALES POR CONCESIONES, PERMISOS Y SERVICIOS

Chillán, 0 2 de Febrero de 1990.- Esta Alcaldía decreta lo que sigue:
Núm. 1.- Vistos: Lo dispuesto en los artículos 42°, 43° del DL No. 3.063, de 1979, Ley de Rentas Municipales y, teniendo presente las facultades que me confiere la Ley No. 18.695, de 1988, Orgánica Constitucional de Municipalidades en sus artículos 5°, 10°, 12°, 53°, 55° y 78°, y lo dispuesto en la Ordenanza Municipal No. 1, de fecha 0 3 de Enero de 1983, y sus modificaciones posteriores, sobre derechos municipales por concesiones, permisos o servicios.
Considerando: a) La necesidad de introducir algunas modificaciones a la Ordenanza mencionada a objeto de adecuarla a la realidad de la Comuna; y b) El acuerdo prestado por el Consejo de Desarrollo Comunal,
Decreto:

Artículo 1°.- Modifícase el artículo 2O de la Ordenanza No.
2, de 22 de Diciembre de 1989, publicada en el Diario Oficial el día 12 de Enero de 1990, en los siguientes aspectos:
a) El aumento de los Derechos Municipales establecidos en las letras a) y b), se aplicará gradualmente, alzándose a contar del mes de Enero del año 1990 sólo un tercio de dicho aumento; a contar del mes de Enero del año 1991 sólo dos tercio de dicho aumento y; a contar del mes de Enero del año 1992 la totalidad d dicho aumento,
b) El aumento de los Derechos Municipales establecidos en la letra c) se aplicar gradualmente, alzándose a contar del mes de Enero del año 1990 sólo un tercio de dicho aumento; a contar del mes de Julio del año 1990 sólo dos tercios dicho aumento y; a contar del mes de Enero del año 1991 la totalidad de dicho aumento.
c) Modifícase el monto de los Derechos Municipales de los locales que a continuación se indican, los que pagarán mensualmente los derechos que se señalan:
1.- Mercado Municipal, rol No. 2, Sección Tortillas: 2,0 UTM.
2.- Plaza Sargento Aldea, roles Nros. 26: 44 y 158; 0,90 UTM. 1,22 UTM y 0,70.; respectivamente.

Anótese e infórmese al Sr. Intendente Regional de la Octava Región del Bío Bío publíquese en el Diario Oficial de la República, transcríbase a los Departamento Municipales pertinentes y archívese.- Rosauro Martínez Labbé, Alcalde de Chillán.- Carlos Bustamante Muñoz, Secretario Municipal (S).