APLICA TASA POR CONCEPTO DE PATENTE MUNICIPAL
    Núm. 10.- Canela, enero 13 de 1998.- Vistos y teniendo presente el acuerdo del Concejo Municipal adoptado en la sesión ordinaria Nº 52 de fecha 12 de enero de 1997, lo dispuesto en el Art. 24º del D.L. Nº 3.063, Ley de Rentas Municipales, modificado por la ley Nº 19.388, y en uso de las facultades y atribuciones que me confiere la ley Nº 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades:

    D e c r e t o:

    1.- Aplíquese, a contar del 1º de enero de 1999, la tasa de 2,5 por mil del capital propio de cada contribuyente, por el valor de 12 meses de la patente municipal que establece el Art. 23 del D.L. Nº 3.063.
    2.- Publíquese en el Diario Oficial y remítase copia a la Dirección de Administración y Finanzas y al Depto. de Patentes.

    Hecho, archívese.- Norman Araya Araya, Alcalde.- Ramiro Cuevas Olivares, Secretario Municipal.