MODIFICA Y AGREGA NUEVOS DERECHOS A LA ORDENANZA LOCAL
Núm. 87.- Longaví 10 de Septiembre de 1990.- Vistos: El Decreto No. 121 de fecha 31 de Octubre de 1990, que dicta Ordenanza Local sobre derechos municipales.
El Artículo 42 No. 5, a1 y a2 de la Ley No. 3.063 Ley de Rentas Municipales.
El acuerdo del Consejo de Desarrollo Comunal de fecha 27 de Agosto de 1990.
Las facultades que me confiere la Ley No. 18.695, modificada por la Ley No. 18.702, Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades.

Decreto:


1.- Agrégase nuevos derechos a la Ordenanza Local, Artículo 10 No. 4:
d) Subsidios Habitacionales cuyo valor no exceda las 400 UF, según tasación Municipal.
2.- Modifícase el cobro de derechos por Planos tipo autorizados por el MINVU, Artículo 10 No. 6:

Dice - Planos tipo autorizados por MINVU                  1% Presup.
Debe decir - Planos tipo autorizados por MINVU            5% UTM

Anótese, comuníquese y publíquese.- Leonel Soto Ortiz, Alcalde.- César Viguera Fuentes, Secretario Municipal.