MODIFICA Y COMPLEMENTA ORDENANZA MUNICIPAL QUE FIJA DERECHOS POR PERMISOS Y CONCESIONES

Núm. 371 exento.- Maullín, 31 de Diciembre de 1990.- Vistos:

a) EI decreto exento No. 131 de fecha 08.08.88 de la Ilustre Municipalidad de Maullín, que fija derecho Municipales;

b) El decreto exento No. 195 de fecha 27.10.89 y el decreto exento No. 016 de fecha 25.01.90, que modifica y complementa Ordenanza Municipal;

c) El artículo 41 y siguientes del DL No. 3.063 de 1979, sobre Rentas Municipales;

d) El acuerdo de la sesión ordinaria de fecha 03.12.90 del Consejo de Desarrollo Comunal de Maullín;

e) La resolución exenta No. 893 de fecha 31.10.89 del Consejo Regional de Desarrollo X Región, en que nombra Alcalde de la Comuna de Maullín; f) La Ley No. 18.695 Orgánica Constitucional de Municipalidades;
Teniendo presente: La necesidad de regularizar los derechos por concesiones, permisos o servicios que otorgue el Municipio;

Decreto:

1.- Modifícase y compleméntase la Ordenanza Municipal que fija derechos por concesiones, permisos y servicios establecidos por la Ilustre Municipalidad de Maullín, en los siguientes artículos:

ARTICULO 7: En el No. 9 a continuación de "pisos", agrégase: zonificación, inexpropiabilidad.
ARTICULO 8: Reemplázase la redacción del No. 1, por la siguiente:


a) Control cada dos años para Licencia
de Conducir Clase A - 1                              25% UTM
b) Control anual conductores mayores de
65 años de edad                                      25% UTM
En el No. 8 agrégase a continuación de
"Licencia Obtenida": "extensión a otras
clases por cada clase".
En el No. 11 agrégase a continuación de
"conducir":"Ley No. 18.290".
Agrégase en este artículo los No. 12 y
13 siguientes:No. 12: Permisos especiales de
traslado de vehículos por día
(Letra c) Art. 14 Ley 3.063) con un máximo de tres
días.                                                10% UTM
No. 13: Prórroga de Licencia hasta por
60 días, Ordenanza  General del Tránsito            10% UTM

ARTICULO 15.Agrégase a continuación de "combustibles", el siguiente inciso:
Para el caso de los vehículos el valor obtenido se redondeará a cifras de 50 y 100 pesos, según corresponda a la aproximación de reajuste, para pasajeros se determinará de acuerdo a las variaciones de mercado.

Anótese, infórmese al Sr. Intendente Regional de la X Región de Los Lagos, publíquese en el Diario Oficial de la República de Chile y transcríbase a todos los departamentos de este municipio.- Berta Reyes Manzano, Alcaldesa Comuna Maullín.- Erich González González, Secretario Municipal.