MODIFICA DECRETO N° 15 EXENTO, DE 1995

    Núm. 1 exento.- Vilcún, 2 de enero de 1998.- Vistos y teniendo presente: El Decreto Exto. Nº 15 de fecha 11 de enero de 1995, de este Municipio; la necesidad de regular los derechos municipales por concesiones, permisos o servicios que regirán a contar de 1998; el Acta de Concejo Municipal de fecha 16 de diciembre de 1997; lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 3.063 de 1979, sobre Rentas Municipales; las facultades contempladas en la Ley Nº 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades y sus correspondientes modificaciones.

    D e c r e t o:

    1.- Modifícase, el Decreto Exto. Nº 15 de fecha 11 de enero de 1995, documento a través del cual se regulan y fijan los derechos por permisos, concesiones y servicios municipales, de acuerdo al siguiente detalle:

Título V Derechos sobre transporte, tránsito y ve-hículos.
Artículo 7º: A.- Licencias de Conducir.
- Primera, cambio de clase o ampliación        0,50 UTM
- Control seis años                            0,50 UTM
- Control dos años                            0,25 UTM
- Clase E, Primera o Control                  0,25 UTM
- Duplicado o cambio de domicilio            0,12.5 UTM
Los valores antes indicados, serán reajustados semestralmente, en los meses de enero y julio respectivamente, aplicando la UTM de los citados.

Título XI Derechos varios.
Artículo 18º: A.- Arrendamiento de recintos deportivos
- Gimnasio Municipal Vilcún (hora)              10% UTM
- Estadio Municipal Vilcún
* Por jornada (máximo dos partidos)              1 UTM
* Por media jornada (un partido)              0,50 UTM
Quedarán exentos de pago por concepto de arriendo, los distintos equipos que participen en campeonatos o eventos programados por la Asociación local de fútbol y/o el Municipio de Vilcún.

    2.- La presente modificación comenzará a regir a contar del 1 de enero de 1998, entendiéndose que el resto de los derechos estipulados en la ordenanza local aprobada vía Decreto Exto. Nº 15 de fecha 11 de enero de 1995, se mantienen vigentes.

    Anótese, comuníquese y transcríbase el presente decreto a los departamentos municipales, Tesorería Municipal, Juzgado de Policía Local y publíquese en el Diario Oficial los primeros días de enero de 1998, hecho archívese.- Luis A. Jaramillo Becker, Alcalde.-

    James P. Aravena San Martín, Secretario Municipal.