MODIFICA ORDENANZA No. 1, DE 1988, SOBRE DERECHOS MUNICIPALES POR PERMISOS, CONCESIONES Y SERVICIOS
Núm. 155.- Renca, 21 de Enero de 1991. Vistos: Las facultades conferidas por la Ley No. 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades; lo dispuesto en el artículo 43 y demás pertinentes del DL No. 3.063, de 1979, sobre Rentas Municipales, y

Considerando:
- La Ordenanza No. 1 de 27 de enero de 1988, modificada por Decretos No. 165 de 24 de enero de 1989 y No. 41 de 05 de enero de 1990, sobre derechos municipales por permisos, concesiones y servicios municipales;
- La necesidad de actualizar los derechos para 1991; - La exigencia legal establecida en el artículo 43 del DL No. 3.063, sobre Rentas Municipales;
- La Providencia No. 4 de 10 de enero de 1991 de Secretaría Municipal;
- La Providencia No. 10 de 14 de enero de 1991 del Depto. de Patentes Municipales;
- La Providencia No. 8 de 15 de enero de 1991 del Depto. de Tránsito;
- La Providencia No. 28 de 16 de enero de 1991 del Depto. de Obras Municipales;
- El acuerdo del CODECO en sesión No. 37 de 18 de enero de 1991;

Decreto:

Modifícase la Ordenanza No. 1 de 27 de enero de 1988, sobre Derechos Municipales, por Permisos, Concesiones y Servicios Municipales, complementada y modificada por los Decretos Alcaldicios No. 165 de 24 de enero de 1989 y 41 de 05 de enero de 1990, en la forma que a continuación se indica:
1.- Modifícase el artículo 10, sólo en el sentido de eliminar los puntos No.s. 5, 10, 15 y 16.
2.- Modifícase el artículo 12 No. 4, sólo en cuanto a que se aumenta el derecho a pagar por ferias artesanales de 15% a 20% UTM.
3.- Modifícase el artículo 15 No. 9, relativo a propaganda por parlantes, UTM en cuanto se aumenta el derecho a pagar de 5% a 30% UTM.
4.- Modifícase el artículo 18 en la siguiente forma:
a) En el punto No. 1 los derechos por subdivisión o modificación de deslindes, se aumentan de 1% a 2% del avalúo fiscal del terreno.
b) Se suprime el punto No. 5.
c) El punto No. 13, se reemplaza por el siguiente: "Copias de planos y especificaciones técnicas u otros documentos similares, que otorgue el Depto. de Obras Municipales, se cobrará además del valor de las copias o fotocopias 5% UTM.".
5.- Modifícase el artículo 19 en la forma que a continuación se indica:
a) En el punto No. 2, se aumentan los derechos por anteproyectos y conjuntos armónicos de 100% a 200% UTM.
b) En el punto No. 3, se aumentan los derechos por certificados de no expropiación de 2% a 4% UTM.
c) En el punto No. 4, se aumentan los derechos por certificados de zonificación de 2% a 4% UTM.
d) En el punto No. 5 se aumentan los derechos por certificados de urbanización de 3% a 50% UTM.
e) En el punto No. 7, se aumentan los derechos por patentes de quioscos o similares de 5% a 10% UTM.
f) En el punto N, 11, se aumentan los derechos por resoluciones de aprobación de loteos y subdivisiones de 1 C.A.V. a 50% UTM.
6.- Se modifica el artículo 22 en la siguiente forma:
a) En el punto No. 2, se aumenta el monto a pagar por certificados de 3% a 5% UTM.
b) En el punto No. 3, se aumenta el monto a pagar por copias de plan regulador u ordenanza de 5% a 50% UTM.
c) Se suprime el punto No. 4.
d) El punto No. 7, queda redactado como sigue: "7. Inscripción en el Registro de Contratistas y Registro de Servicios a la Municipalidad 50% UTM.".
Publíquese por una sola vez el presente Decreto Alcaldicio en el Diario Oficial.
Las presentes modificaciones comenzarán a regir a partir del 01 de enero de 1991.
En lo no modificado continúan vigentes las disposiciones contenidas en la Ordenanza No. 1 de 27 de enero de 1988, modificada por Decretos Alcaldicios No. 165 de 24 de enero de 1989 y No. 41 de 05 de enero de 1990.

Anótese, comuníquese, publíquese, archívese.- Jorge Baraona González, Alcalde.- Juan E. Manríquez Ulloa, Secretario Municipal.