FIJA TEXTO REFUNDIDO Y SISTEMATIZADO DE DERECHOS Y VALORES MUNICIPALES QUE INDICA

Ollagüe, 30 de Noviembre de 1990.- Con esta fecha la Alcaldía ha dictado la siguiente Ordenanza:
Núm. 1.- Vistos: Lo dispuesto con esta fecha por el Sr. Alcalde de la I. Municipalidad de Ollagüe, la Resolución 1050/80 de la Contraloría General de la República, el Artículo No. 43 del Decreto Ley No. 3.063/79, la Ley del Tránsito No. 18.290, los Artículos 5to. y 10° párrafo 2do. de la ley No. 18.695 Orgánica Constitucional de Municipalidades, y en uso de las facultades legales que me confiere dicha ley,

Ordeno:

1.- Fíjase el texto refundido y sistematizado de los derechos y valores a cobrar por la I. Municipalidad de Ollagüe.
2.- La presente Ordenanza, tiene por objeto refundir y sistematizar los derechos Municipales, que deben pagar las personas naturales y/o jurídicas, sean de derecho público o privado, por las concesiones, permisos o servicios que obtengan de la Municipalidad.
3.- Estos derechos, regirán a contar del 1° de Diciembre de 1990.
4.- El Departamento de finanzas de la "I.M.O.", confeccionará el formulario de Derecho, que proceda según se establece en esta Ordenanza, la cual se notificará al contribuyente, quien deberá pagar en la Tesorería Municipal, en el plazo que le fue dado por la Municipalidad.
5.- El Sr. Alcalde queda especialmente facultado para eximir del pago del derecho Municipal respectivo, en casos sociales debidamente fundamentados.
6.- Los siguientes son los derechos a ser girados por el Depto. de Finanza del Municipio:


a) Permisos en actividades como:
- Bailes
- Bingos
- Platos Unicos
- Peñas

Valor diario                                                0,20 UTM

b) Permisos en actividad nacionales y/o comerciales:


- Fiesta San Antonio de Padua
- Celebración 6 de Agosto
- Celebración Fiestas Patrias
- Fiesta Santuario de Coska

Valor diario                                                0,15 UTM


c) Otras:
Valor diario                                                0,15 UTM

d) Derechos girados por la Oficina de Tránsito:

- Certificado de Registro Comunal de Permisos de
Circulación                                                0,05 UTM
- Duplicado de Permisos de Circulación por
transferencia (cambio de nombre)                            0,10 UTM
- Solicitud de permiso de circulación
por cambio de color                                        0,10 UTM
- Verificación del número del motor clasificaciones y
otros afines, incluido certificado correspondiente
cuando se le requiera                                      0,10 UTM

7.- Publíquese, en extracto, por una sola vez en el Diario Oficial y en igual forma en un diario de circulación regional, en el transcurso del mes de diciembre del presente año, en conformidad a lo dispuesto en el Artículo No. 43, del Decreto ley No. 3063/79, de cuyo trámite el Secretario Municipal se encargará.
8.- Remítase copia de la siguiente Ordenanza, a la Intendencia Regional para su conocimiento.
9.- Póngase en conocimiento de todos los Deptos. Municipales para los fines que procedan.

Anótese, publíquese y archívese.- Mario Noland Contreras Guzmán, Alcalde.- Luis Hto. Canales Rodríguez, Secretario Municipal y Alcaldía.