PRORROGA VIGENCIA DE DECRETO No. 25, DE 1990

Núm. 19 exento.- Placilla, 15 de Enero de 1991.- Vistos:

Lo dispuesto en el artículo 43 del DL No. 3.063, de 1979 sobre Rentas Municipales.
El Acuerdo del Consejo de Desarrollo Comunal adoptado en la sesión del 10 de Enero de 1991.
Las facultades que me confiere la Ley 18.695 Orgánica Constitucional de Municipalidades

Decreto
1.- Prorrógase, hasta el 31 de Diciembre de 1991 la vigencia del decreto alcaldicio No. 25 del 24 de Enero de 1990, sobre Ordenanza Local de Derechos Municipales, Concesiones, Permisos y Servicios, publicado en el diario Oficial del 29 de Enero de 1990.
2.- El presente decreto regirá a contar de su publicación en el diario Oficial.

Anótese, publíquese en el Diario Oficial, infórmese al Sr. Intendente Regional, transcríbase a todas las direcciones municipales y archívese.- María Victoria Catalán Lorca, Alcalde.
Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Mario Carvajal Correa, Secretario Municipal.