AMPLIASE VIGENCIA DE LAS ORDENANZAS FIJADAS POR LOS DECRETOS ADMINISTRATIVOS QUE INDICA

Núm. 3 exento.- Palmilla, 09 de Enero de 1991.- Considerando: Que los decretos administrativos exentos Nos. 001 y 116 de 1988; 008 de 1990 fijaron las Ordenanzas Municipales, pago derechos por personas naturales y jurídicas que solicitan servicios, concesiones o permisos al municipio, y, Vistos: Las facultades que me confieren los artículos 42 y 43 del Decreto Ley No. 3063. Rentas Municipales. Ley 18695 Orgánica Constitucional de Municipalidades. Resolución 600 y sus modificaciones de Contraloría General de la República. Acuerdo No. 102 del Consejo Desarrollo Comunal adoptado en sesión ordinaria del 28.12.90.

Decreto
Artículo Unico. Amplíase hasta el 31 de Diciembre de 1991, la vigencia de las Ordenanzas Municipales fijadas por los decretos administrativos exentos Nos. 001 y 116 de 1988 y 008 de 1990.

Anótese, Comuníquese a las Direcciones Municipales y Publíquese en el Diario Oficial.- Leonel Littin Luengo, Alcalde.- Osvaldo Berríos Balestra, Secretario Municipal.