MODIFICA ORDENANZA SOBRE DERECHOS MUNICIPALES
Núm 643.- Ex.- Puente Alto, 31 de Diciembre de 1990.- Vistos: Las facultades que me confiere la Ley No. 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades, lo dispuesto por los Art. 41, 42, 43 y demás pertinentes del DL No. 3.063, Ley de Rentas Municipales, la Ordenanza de Derechos Municipales por Permisos, Concesiones y Servicios, contenida en el Decreto Alcaldicio No. 637, de 29 de Diciembre de 1989, el acuerdo del Consejo de Desarrollo Comunal de Puente Alto, adoptado en Sesión Extraordinaria de 27 de Diciembre de 1990.
Considerando: La necesidad de modificar, readecuar, introducir y actualizar algunos derechos que le corresponde cobrar y percibir a la I. Municipalidad de Puente Alto,
Decreto:

Introdúcense la siguientes modificaciones a la Ordenanza sobre Derechos Municipales, contenida en el Decreto Ex. No. 637, de 20 de Diciembre de 1989;

A) Agrégase al Artículo 10 el siguiente número:

"N° 25.- Control de visión por períodos inferiores a dos años 20% UTM"

B) Introdúcense las siguientes modificaciones al Art. 13:

B1) Elimínase del No. 4 la expresión "de juguetes".
B2) Agrégase el siguiente número:

"N° 14.- Autorización especial transitoria para Feria del Juguete. Esta autorización, con sus fechas, montos de derechos, forma de postular y de adjudicar, ubicación, etc. será reglamentada por un decreto alcaldicio que se dictará durante el mes de Noviembre de cada año".

C) Introdúcense las siguientes modificaciones al Art. 19 de la Ordenanza:

C1) En el punto 1) de dicho artículo sustitúyese el guarismo " 1%" por "2%".
C2) En el punto 2) del mismo artículo, reemplázase el guarismo "1,5%" por "2%".
C3) Reemplázase el No. 9 del mencionado artículo por el siguiente:
"9.- Certificado de número                  2,5% de UTM
Certificado de línea, de recepción, venta por pisos, etc., y
sin perjucio del costo del documento cuando proceda
  5% UTM
D) Modíficase el texto del Art. 21 No. 3 de la Ordenanza, el que quedará como sigue:
"N° 3 Estudios de anteproyectos y vistos buenos en
Municipio.
1 UTM
E) Modifícase el Art. 25 en el siguiente sentido:

E1) Sutitúyese en el No. 4 el guarismo      "20% UTM" por 10% UTM"
E2) Sutitúyese en el No. 5 el guarismo      "20% UTM" por "10% UTM"
"N° 18 Fotocopia de planos en Papel Diamante 60,65 por metro
cuadrado  5,5% UTM
Fotocopia de planos en Papel Bond 24, por metro cuadrado
4,5% UTM
F) Agrégase al Artículo 21 del siguiente número:
"N° 19 Botar escombros en recintos o lugares municipales autorizados:


Por camioneta                                                50% UTM
Por camiones de hasta 6 metros cúbicos de carga                1 UTM
Por camiones de más de 6 metros cúbicos de carga              2 UTM

Regístrese, comuníquese, publíquese en el Diario Oficial y archívese.- Guillermo Vásquez Garay, Alcalde.- Hugo González Godoy, Secretario Municipal (S).