MODIFICA ORDENANZA No. 4, DE 1984

Núm. 650 exento.- Angol, 28 de Diciembre de 1990.- Vistos:
a) La necesidad de adecuar la Ordenanza Local de Cobros de Derechos de la Municipalidad de Angol;
b) Lo dispuesto en el Decreto Exento No.1.118 del 28 de Noviembre de 1986;
c) Lo dispuesto en el Ord. No.906 del 27 de Noviembre de 1987, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo;
d) Lo dispuesto en el Decreto Supremo No.468 del Ministerio de la Vivienda y Urbanismo del año 1978 Ley General de Urbanismo y Construcciones, Artículo No.130;
e) Lo dispuesto en la Circular No.138 del Sr. Intendente Regional del 10 de Octubre de 1986;
f) Lo dispuesto en la Circular L-37 del Sr. Ministro del Interior del 22 de Septiembre de 1986;
g) Lo dispuesto en el Artículo 42 No.1 del Título VIII Ley No.3.063 de Rentas Municipales;
h) El acuerdo de CODECO en Sesión Ordinaria de fecha 27.12.90.
i) La facultad que me confiere la Ley No.18.695 de fecha 31.03.88 Orgánica Constitucional de Municipalidades.

Decreto:

1.- Modifícase la Ordenanza No.4 de fecha 30.11.84 y sus modificaciones posteriores en el Artículo que a continuación se indica:

Artículo 9º Punto No.13.

1.3 Permisos Ventas ocasionales Casas Comerciales de
otras Ciudades, diario                                500% UTM
2.- La modificación a la Ordenanza Local estipulada en el
presente Decreto empezará a regir de la fecha de su
publicación en el Diario Oficial.

Anótese, comuníquese y publíquese.- Guillermo Lira Cifuentes, Alcalde de Angol (S).- Mario Barragán Salgado, Secretario Municipal.