MODIFICA ORDENANZA MUNICIPAL

Núm. 85 exento.- Romeral, 08 de Febrero de 1991.- Vistos:
a) El Decreto Alcaldicio Nº 001, de fecha 11 de Enero de 1988.
b) El Decreto Exento No. 29, de fecha 23 de Enero de 1989.
c) El acuerdo No. 1, de fecha 07 de Febrero de 1991, del Consejo de Desarrollo Comunal.
d) Las facultades que me confiere la Ley 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades y sus modificaciones posteriores, he acordado y;

Decreto:

Modifícase Ordenanza Municipal No. 43, en los puntos que se indican:

ARTICULO 1°:
Punto 24 letra d); d1: Modifica rebaja derechos municipales a Subsidios Habitacional es de un 99,9% aun 90%.

Se agrega el punto 26: Respecto a Bases Técnicas, Administrativas y antecedentes Propuestas Públicas o Privadas: Cobrar el 0,05% del Presupuesto de la Obra.

ARTICULO 4°:
Se deja sin efecto punto No. 3, sobre duplicado distintivo permiso circulación ya que no exige o no está vigente.

Punto No. 9 sobre control anual para conductores con Licencia Clase A-1, por control cada dos años con un cobro de un 50% de la UTM.

ARTICULO 6°:
Punto No. 01: Funcionamiento de circo y parques de entretenciones se cobrará por día o semana: 20% UTM.

Punto No. 03: Se reemplaza reuniones sociales, carreras y torneos por Zonas de Camping con un cobro de 1 UTM por temporada.

Punto No. 04: Se cobrará por Ferias Artesanales o Libros 40% de la UTM y de Vestuarios o similares 60% de la UTM, diario, semanal o mensual. Punto No. 07: Se deja sin efecto.

Punto No. 08: Baile sin venta de Bebidas Alcohólicas 15% de la UTM diario.
Se agrega punto para cobro del 10% de la UTM por derechos varios.

ARTICULO No. 9°:


1.- Ambulante a domicilio:              2,5% UTM diario
2.- Ambulante en la vía pública:          10% UTM mensual
3.- Ventas ocasionales a domicilio:      2,5% UTM diario
4.- Promotores comerciales:                4% UTM diario


Cúmplase, notifíquese, publíquese y archívese.- Segundo Contardo Galdámes, Alcalde.- Guillermo Montero Ramírez, Secretario Municipal.