MODIFICA Y REVALIDA DECRETO ALCALDICIO No. 186, DE 1985
San Pedro, 28 de Diciembre de 1990.- La Alcaldía decretó hoy lo siguiente:
Núm. 411.- Vistos: La Ordenanza Comunal sobre Derechos Municipales por Concesiones, Permisos y Servicios contenida en el Decreto Alcaldicio No. 186, de fecha 31 de Diciembre de 1985 y sus modificaciones contenidas en los decretos alcaldicios No. 207/86 y No. 116 y 316 de 1988, 395 de 1989, el artículo 43 de la Ley No. 3.063, de 1979, sobre Rentas Municipales; el Decreto Supremo No. 83 de Enero de 1988 del Ministerio del Interior y en uso de las atribuciones que me confieren los artículos 16 y 53 de la Ley No. 18.695, Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades.
Decreto:
Modifícase y revalídase íntegramente la Ordenanza Decreto No. 186, de 31.12.85, y sus modificaciones Decreto No. 207/86 y No. 116 y 316 de 1988, No. 395 de 1989, Ordenanza Local sobre Derechos Municipales que se deberán pagar durante el año 1991 en el siguiente sentido:
- Agrégase en el Art. 3 letra c) lo siguiente:
4.- Ferias artesanales, de juguetes, de libros,
de vestuarios, promocionales y similares, por mes
o fracción 0,05 UTM
- Agrégase en el Art. 3 lo siguiente:
H.- Guías libre tránsito c/u $ 8.-
L.- Puestos en ferias libres o de chacareros, mercados persas u otros similares de carácter permanente, por
día de funcionamiento 0,015 UTM
- Sustitúyase en el Art. 3 letra i) por lo siguiente:
i) Derechos de guías de libre tránsito de animales c/u 0,02 UTM
- Agrégase en el Art. 4 lo siguiente:
13.- Permisos provisorios para conducir otorgados
por el Juzgado de Policía Local mientras tramita los
exhortos 0,2 UTM
Infórmese a la Intendencia Región Metropolitana, publíquese en el Diario Oficial de la República y transcríbase a las reparticiones Municipales, regístrese y archívese.- Guillermo Varas Fournet, Alcalde de San Pedro.- José Rubio Garrido, Secretario Municipal.