MODIFICA ORDENANZA MUNICIPAL No. 182, DE 1989
Iquique, 30 de Diciembre de 1991.- La Srta. Alcaldesa, con esta misma fecha, ha dictado la siguiente Ordenanza:

Núm. 210.- Vistos:
La Ordenanza Municipal No. 182, de 29 de Diciembre de 1989, La Ordenanza Municipal No. 198, de 21 de Diciembre de 1990, que modifica la Ordenanza Municipal No. 182, de 29 de Diciembre de 1989, Lo dispuesto en los Artículos 42° y 43° del DL 3.063, sobre Rentas, Municipales, El acuerdo adoptado por el Codeco, en su Sesión Ordinaria de fecha 19 de Diciembre de 1991, que aprobó la presente Ordenanza.

Y, en ejercicio de las facultades que me confiere la Ley No.
18.695, sobre Organización y Atribuciones de las Municipalidades.

Ordeno:

Artículo único: Modifícase la Ordenanza Municipal No. 182, de 29 de Diciembre de 1989, que fuera modificada, a la vez, por la Ordenanza Municipal No. 198, de 21 de Diciembre de 1990, en los siguientes términos:
Art. 8°.- Reemplázase en la letra d), el guarismo 0,40 UTM por 0,20 UTM.
Letra e).- Reemplázase el punto final por coma, y agreguése la siguiente frase: Con fines de lucro.
Letra g).- Reemplázase el punto final por una coma, y agréguese la palabra mensual.
Letra m).- Reemplázase el guarismo 0,40 UTM, por 0,25 UTM. Letra n).- Reemplázase lo siguiente:
Con artistas nacionales: 4 UTM.
Con artistas internacionales: 6 UTM.
Letra ñ).--Reemplázase por lo siguiente:
Certificados de, cambio de domicilio, transferencia, anulaciones, etc. de patentes: 0,04 UTM.
Letra r).- Agréguese lo siguiente a continuación de ventas varias en triciclos comercio ocasional, sin puesto establecido: 0,15 UTM mensual.
Artículo 10°.- Letra q) Elimínese "Terminal Agropecuario" y reemplázase el guarismo 0,14 por 0,10 UTM.
Letra r).- Elimínese la letra "r" en toda su extensión. Artículo 11°.- Letra a) Reemplázase el guarismo 30% por 70% UTM.
Letra b).- Reemplázase el guarismo de 20% a 50% UTM. Artículo 14°.- Reemplázase en la letra a), el guarismo 50 por 60.
Reemplázase en la letra b), el guarismo 120 por 144. Reemplázase el guarismo 400 por 480.
Artículo 15°.- Reemplázase en el rubro "Permisos Provisorios", el guarismo 600 por 720.
Reemplázase en el rubro orden de entrega vehículos retirados, el guarismo 700 por 840.
Reemplázase en el rubro contra orden de prisión, el guarismo 350 por 420.
Reemplázase en el rubro contraorden de retiro de vehículos de circulación, el guarismo 350 por 420.
Reemplázase en el rubro copias autorizadas, el guarismo 120 por 144.
Reemplázase en el rubro copias simples, cada hoja, el guarismo 70 por 84.
Agréguese lo siguiente, a continuación de ordenes de entrega de vehículos retirados contraorden de aprehensión, $ 420. La presente Ordenanza Municipal, empezará a regir a contar de la fecha de publicación del aviso de su promulgación en el Diario Oficial.

Anótese, comuníquese, publíquese y archívese.- Mirta Dúos Jiménez, Alcaldesa.- María Angélica Vega Pinto, Secretaria Municipal.
Lo que transcribo a Ud., para su conocimiento y demás fines a que haya lugar.- Le saluda atentamente.- María Angélica Vega Pinto, Secretaria Municipal.