ESTABLECE SENTIDO UNICO DE TRANSITO EN CALLES QUE INDICA
Núm.2.- Concepción, 16 de Julio de 1992.- Vistos: La Ordenanza No. 2/81, de fecha 21 de Enero de 1981, que establece sentido único de transito en diversas calles y avenidas de la Comuna; los Oficios Ords. N°s. 71, 244 y 484, de fechas 22 de Enero, 05 de Marzo y 27 de Abril de 1992, respectivamente, de la Dirección del Transito, por los cuales propone fijar sentido único a diversas calles; el Oficio Ord. No. 366, de 25 de Marzo de 1992, del señor Secretario Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones; y, teniendo presente, el Reglamento No.
1, de 01 de Agosto de 1990, que contiene el Reglamento de Subrogancias del Alcalde: lo establecido en los artículos 3, 4, 10, 21, 47 y 53 de la Ley No. 18.695, Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades, vengo en dictar la siguiente:

Ordenanza:

1.- Establécese el sentido único de transito a las calles que se indican:
a) Calle Juan de Dios Rivera: de Poniente a Oriente, en el tramo comprendido desde Paicaví hasta Janequeo.
b) Calle Ejército: de Oriente a Poniente, en el tramo comprendido desde Janequeo a Paicaví.
c) Calle Trinitarias: de Sur a Norte, en el tramo comprendido desde Chacabuco a Cochrane.
2.- Encomiéndase a la Dirección de Transito proceder a instalar la señalización, previamente a la puesta en vigencia de esta Resolución, que regir  a contar del día 01 de Agosto de 1992.
3.- Dispónese que la vigilancia a lo dispuesto en esta Ordenanza queda entregada a Carabineros de Chile y a los Inspectores Municipales, quienes proceder n a cursar las infracciones respectivas al Juzgado de Policía Local de Turno.
4.- Queda derogada toda otra disposición o norma contraria a esta Resolución.

Anótese, comuníquese, publíquese en el Diario Oficial de la República y en extracto en el diario "El Sur" y, en su oportunidad, archívese.- Miguel Reyes Núñez, Alcalde Subrogante.- Manuel Lagos Espinoza, Secretario Municipal.