PRORROGA PERMISOS DE EDIFICACION, SUBDIVISION  Y OTROS EN SECTOR URBANO  QUE INDICA

    Núm. 659.- Algarrobo, 4 de diciembre de 1997.- Vistos:
    1.- Ley 18.695 Art. 3º letra b), Orgánica Constitucional de Municipalidades de 31.03.88;
    2.- Ley 18.883 de 29.12.89, Estatuto para Funcionarios Municipales.
    3.- D.F.L. 228-19.321.
    4.- D.A. Nº 578 de 06.12.96 (Asume Alcaldía).
    5.- D.F.L. 458/75 Art. 117.
    6.- Ord. Nº 1794 de 04.12.97 del señor Secretario Ministerial de Vivienda y Urbanismo de la V Región.

    Considerando:

    1º Que se encuentra en plena ejecución la modificación del Plan Regulador de Algarrobo, según Convenio suscrito con la Universidad Marítima de Chile de Viña del Mar; con el objeto de planificar las actuales y futuras necesidades del ordenamiento territorial de Algarrobo Urbano;
    2º La actual normativa, que reglamenta la trama urbana, aunque legalmente vigente, se considera técnicamente obsoleta, al haber transcurrido más de 10 años de su promulgación, y
    3º Urbanísticamente, la protección de las zonas que se indicarán, son prioritarias, dado que corresponden a los sectores más presionados, por las edificaciones en altura; además, se considera la Av. Carlos Alessandri A. en toda su extensión, porque sirve de acceso a todos los predios colindantes, y no tiene opción operacional para soportar el tránsito local e intercomunal a la que se ve sometida, especialmente en la temporada alta de verano;

    D e c r e t o:

    I. Postérguese de acuerdo a la reformulación del Plan Regulador Comunal de Algarrobo, en ejecución por la Universidad Marítima de Chile, y en vías de aprobación por la Seremi de Vivienda y Urbanismo de la V Región, toda clase de permisos de edificación, subdivisiones, loteos o urbanizaciones prediales y de construcción, por un período de tres meses a partir de esta fecha: 04.12.97.
    Se considera que la normativa vigente del sector que se posterga no da respuesta a las necesidades y requerimientos urbanos actuales del ordenamiento territorial, referidos a la altura de edificación, asoleamiento, privacidad, etc., por estar contenidas en un instrumento de planificación cuya data es superior a 10 años.
    El Sector de postergación de parte de la Zona "H" está conformada por:


Oriente    : Quebrada Los Claveles, zona C-1 y plazoleta de Taxis
              Central.
Norte      : Avda. Carlos Alessandri A. zona C-1.
Poniente    : Pasaje "D" El Teatro, subiendo J. Toribio Larraín y
              continuando por 11 de septiembre.
Sur        : Avda. Los Claveles.


    II. Este Decreto deberá ser publicado en el Diario Oficial de la República de Chile, El Mercurio de Valparaíso y El Líder de San Antonio.

    III. Anótese, publíquese, comuníquese y archívese.- Jorge Luis Pizarro Romero, Alcalde.- Guillermo Romero Olguín, Secretario Municipal.