Artículo 5.9.7. En las edificaciones que deban contarDecreto 10, VIVIENDA
Art. primero N° 8
D.O. 28.11.2018
con proyecto de telecomunicaciones, conforme al Reglamento al que se refiere el artículo 7° quáter de la ley N° 18.168, las respectivas instalaciones de telecomunicaciones deberán cumplir con las especificaciones técnicas señaladas en dicho Reglamento