Alcaldesa I. Municipalidad de Providencia, mediante Decreto Alcaldicio Ex. No. 1.964 de fecha 04 de Octubre de 1991, dispone expropiación parcial conforme Art. 4, 6, 7, 21 y 39 del DL 2.186 de 1978, Ley Orgánica de Procedimiento de Expropiaciones; Art. 35, 38, 42, 48, 51, 83 y 85 del DFL No. 458 de Vivienda, de 1976, Ley General de Urbanismo y Construcciones Art. 19 No. 24 de la Constitución Política del Estado y Art. 5, 10, 27, 53, 55 letra f) y 78 letra f) de la Ley No. 18.695 Orgánica Constitucional de Municipalidades, del inmueble ubicado en Avda. Santa María No. 0936, Rol de Avalúos No. 106-8 y 17 aparentemente de propiedad de la Sociedad Comercial Vivaceta Retiro Limitada para dar cumplimiento al Plan Regulador Comunal de Providencia. Los deslindes del inmueble expropiado son los siguientes: Norte 6,00 mts. con calle Bellavista, Sur, 6,00 con Avda. Santa María, Oriente, 37,00 mts. con resto de la propiedad y al Poniente, 39,00 mts. con Rol 106-7. Indemnización provisional de $ 9.790.000 de acuerdo con el informe del mes de Julio de 1991 por la Comisión Tasadora integrada por los Sres. Pablo Risopatrón Garmendia, René Ureta Koster y Luis Rojas Quezada, pagadera al contado. C.G. de A. Alcaldesa firmado J.O.H.R.