Alcaldesa I. Municipalidad de Providencia, mediante Decreto Alcaldicio Ex No. 1.961 de fecha 04 de Octubre de 1991, dispone expropiación total, conforme Art. 4, 6, 7, 21 y 39 del DL 2.186 de 1978, Ley Orgánica de Procedimiento de Expropiaciones; Art. 35, 38, 42, 48, 51, 83 y 85 del DFL No. 458 de Vivienda, de 1976, Ley General de Urbanismo y Construcciones Art. 19 No. 24 de la Constitución Política del Estado y Art. 5, 10, 27, 53, 55 letra f) y 78 letra f) de la Ley No. 18.695 Orgánica Constitucional de Municipalidades, del inmueble ubicado en Capellán Abarzúa No. 15 Rol de Avalúos N 290-72 aparentemente de propiedad de doña Delfina Contreras Rojas para la apertura de la calle Dardignac hasta Capellán Abarzúa. Los deslindes del inmueble expropiado son los siguientes: Norte, 23,20 mts con otro propietario (Capellán Abarzúa No. 17) Sur, 23,20 mts. con Rol No. 290-71 Oriente, 8,00 mts. con calle Capellán Abarzúa y al Poniente, 8,00 mts. con otro propietario (Capellán Abarzúa No. 17) indemnización provisional de $ 7.105.384 fijada con fecha 12 de Marzo de 1991 por la Comisión Tasadora integrada por los señores Sergio Rojas Ibáñez, Luis del Pozo Concha y Carlos del Pedregal Sánchez pagadera al contado. C.G. de A. Alcaldesa firmado J.O.H.R.