EXTRACTO DECRETO EXPROPIATORIO
    Rancagua, 10 de Diciembre de 1991.- Con esta
fecha la Alcaldía decretó lo siguiente:

    Decreto:

    Núm.- 1556 Exento.

    I. Exprópiase de acuerdo a lo establecido en el
Artículo 27 de la Ley Nº 18.695, los siguientes retazos de terreno:

    a) Inmueble de S.A.C.I. Falabella ubicado en Cuevas Nº. 443 al 451, Rol de Avalúo 35-9, inscrito a fojas 3583 No. 4067 del Registro de Propiedad de 1989 del Conservador de Bienes Raíces de Rancagua.
    b) Inmueble de S.A.C.I. Falabella ubicado en Cuevas Nº. 435 al 437, Rol de Avalúo 35-8, inscrito a fojas 3582 vta. Nº. 4065 del Registro de Propiedad de 1989 del Conservador de Bienes Raíces de Rancagua.
    c) Inmueble de S.A.C.I. Falabella ubicado en calle Estado Nº. 287 al 299 esquina de calle Cuevas Nº. 401 al 423, Rol de Avalúo 35-07 inscrito a fojas 3570 vta. Nº. 4045 del Registro de Propiedad de 1989 del Conservador de Bienes Raíces de Rancagua.
    d) Inmueble de S.A.C.I. Falabella ubicado en calle Estado Nº. 285, Rol de Avalúo 35-6 inscrito a fojas 4143 vta. No. 4667 del Registro de Propiedad de 1989 del Conservador de Bienes Raíces de Rancagua.
    e) Inmueble de S.A.C.I. Falabella ubicado en calle Estado Nº. 201 al 227 esquina de calle Mujica Nº. 420 al 488, Rol de Avalúo 35-01 inscrito a fojas 3583 Nº. 4066 del Registro de Propiedad de 1989 del Conservador de Bienes Raíces de Rancagua.

    II. Fíjase provisionalmente el monto de las indemnizaciones por expropiación en las cantidades que seguidamente se indican:

    a) Propiedad señalada en la letra a) del número I anterior en la suma de $ 497.738.
    b) Propiedad señalada en la letra b) del número I anterior en la suma de $ 422.416.
    c) Propiedad señalada en la letra c) del número I anterior en la suma de $ 3.961.034.
    d) Propiedad señalada en la letra d) del número I anterior en la suma de $ 694.766.
    e) Propiedad señalada en la letra e) del número I anterior en la suma de $ 229.876.

    III. Páguese en su oportunidad.

    IV. Impútese el gasto al Item correspondiente al Presupuesto Municipal vigente 1991.

    V. Recábese al propietario de los inmuebles afectos a expropiación para que concurra a la Dirección de Asesoría Jurídica Municipal, a objeto de celebrar al convenio de expropiación a que se refiere el artículo 11 del DL Nº. 2.186, de 1978.

    VI. Publíquese en extracto el presente Decreto por una sola vez en el Diario Oficial en días 1° ó 15 y también por una sola vez en el Diario "El Rancagüino".

    VII. Remítase copia en extracto del presente Decreto a Carabineros de Chile, para su entrega a la persona o personas que ocupen o detenten los bienes expropiados.


    Anótese, Comuníquese y Archívese.- Rodolfo Cortés Ferrada, Alcalde de Rancagua. Carlos Morales Lara, Secretario Municipal.
    Lo que transcribo a usted para conocimiento y fines pertinentes. Saluda a usted.- Carlos Morales Lara, Secretario Municipal.