DEJA SIN EFECTO DECRETO Nº 266 EXENTO, DE 1997, Y APRUEBA ADELANTO DE VIGENCIA DE REAVALUO DE BIENES RAICES NO AGRICOLAS

    Placilla, 11 de noviembre de 1997.- Con esta fecha se decreta lo siguiente:
    Núm. 630 exento.- Considerando:
    Que el Decreto Exento Nº 266 del 23 de mayo de 1997, de la Municipalidad de Placilla que aprobó el adelanto de la vigencia del reavalúo de los bienes raíces no agrícolas de la comuna, a partir del 2º semestre de 1997, dictado en conformidad al artículo 2º de la ley 19.380, se publicó en el Diario Oficial del 3 de junio de 1997, fuera del plazo de 30 días de anticipación al semestre determinado, que estipula la citada norma legal.
El Acuerdo Nº 29, de 1997, del Concejo Municipal de Placilla, adoptado en la sesión ordinaria del 22 de mayo de 1997, que aprueba adelantar la vigencia del reavalúo de los bienes raíces no agrícolas.
    Vistos: Las facultades que me confiere la Ley 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades.

    D e c r e t o:

    1.- Déjese sin efecto el decreto exento Nº 266, del 23 de mayo de 1997, por publicarse fuera del plazo legal.
    2.- Apruébase el adelanto de la vigencia del reavalúo de los bienes raíces no agrícolas de la comuna de Placilla, a partir del primer semestre de 1998, de conformidad a lo previsto en el artículo 2º de la Ley 19.380.

    Anótese, comuníquese y publíquese en el Diario Oficial.- José Joaquín Latorre Muñoz, Alcalde.- Mario Carvajal Correa, Secretario Municipal.