MODIFICACION PLAN REGULADOR DE COYHAIQUE

    (Ordenanza)

    Núm. 5.- Coyhaique, 30 de octubre de 1997.- Vistos: Las atribuciones que me confiere la Ley Nº 18.695, de fecha 31.03.88., Orgánica Constitucional de Municipalidades; los artículos 43º y 45º de la Ley General de Urbanismo y Construcciones (D.F.L. Nº 458 de 1975); los artículos 2.1.7 y 2.1.13 de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones (D.S. Nº 47 de 1992); el Fallo del Tribunal Electoral de fecha 28.11.96, el Acta de la Sesión Constitutiva del Honorable Concejo de la Comuna de Coyhaique, de fecha 6 de diciembre de 1996, y el art. 78º del Estatuto de Funcionarios Municipales, y

    Considerando: El Acuerdo Nº 215 del Honorable Concejo Comunal, en Sesión Ordinaria Nº 36 del 20.10.97., para la Modificación del Plan Regulador de Coyhaique-Seccional "Desafectación de Area Verde y modificación de la Vialidad Local" sector Estadio Municipal, dicto la siguiente,

    O r d e n a n z a:

    Art. 1º Modifíquese el Plan Regulador de Coyhaique, aprobado por Resolución Afecta Nº 067/97, del Gobierno Regional Aysén, en el sentido de modificar la red vial ubicada en la intersección de la calle J.M. Carrera y pasaje Obispo Michelatto, y redestinar el área en lotes de uso habitacional y/o equipamiento turístico, de acuerdo a planos correspondientes.

    Art. 2º Destínese el polígono A-B-C-D-E-F-G-H-A, de una superficie de 550,00 m2, a usos permitidos definidos según zonificación Plan Regulador Vigente (de acuerdo a plano anexo).

    Art. 3º Asígnese al Ministerio de Bienes Nacionales, el dominio del lote resultante anteriormente individualizado en el plano anexo; Servicio que tendrá la facultad de enajenar y/o vender según lo estime conveniente.

    Art. 4º Publíquese en el Diario Oficial texto íntegro del presente documento y un extracto en el diario de mayor circulación local.

    Art. 5º Archívense todos los antecedentes y plano en el Conservador de Bienes Raíces de Coyhaique, Secretaría Ministerial de Vivienda y Urbanismo XI Región, y en la Dirección de Obras Municipales.
    Art. 6º Anótese, comuníquese a quien corresponda y archívese.

    Carlos Balbontín Balbontín, Alcalde.- Iván Gutiérrez Loyola, Secretario Municipal (S).