MODIFICA PLAN REGULADOR COMUNAL

    Núm. 4.- Coyhaique, 21 de octubre de 1997.- Vistos: Las atribuciones que me confiere la Ley Nº 18.695, de fecha 31.03.88, Orgánica Constitucional de Municipalidades; la Ley General de Urbanismo y Construcciones (D.F.L. Nº 458 del 13.04.76), la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones (D.S. Nº 47 del 19.05.92); el Fallo del Tribunal Electoral de fecha 28.11.96, el Acta de la Sesión Constitutiva del Honorable Concejo de la comuna de Coyhaique, de fecha 6 de diciembre de 1996, y el art. 78º del Estatuto de Funcionarios Municipales, y
    Considerando: El acuerdo Nº 188 del Honorable Concejo Comunal, en Sesión Ordinaria Nº 32 de 22.09.97, para la Modificación del Plan Regulador de la comuna de Coyhaique "Redistribución Area Verde y de Equipamiento Conjunto Habitacional Cardenal Antonio Samoré", dicto la siguiente:

    O r d e n a n z a:

    Artículo 1º: Modifíquese el Plan Regulador comunal de Coyhaique, aprobado por Resolución Afecta Nº 067/97, del Gobierno Regional XI Aysén, en el sentido de redistribuir el área verde y de Equipamiento, establecido en el seccional Conjunto Habitacional Cardenal Antonio Samoré.

    Artículo 2º: Redistribúyase la superficie de 620,892 m2 aprobado como equipamiento, dentro del lote inicialmente destinado a Area Verde; y destínese a Area Verde la ex-área de equipamiento, de acuerdo a plano anexo.

    Artículo 3º: Publíquese en el Diario Oficial, texto íntegro del presente documento y un extracto en el diario de mayor circulación local.

    Artículo 4º: Archívense todos los antecedentes y plano en el Conservador de Bienes Raíces de Coyhaique y en la Dirección de Obras Municipales.

    Artículo 5º: Anótese, comuníquese a quien corresponda y archívese.- Carlos Balbontín Balbontín, Alcalde.- Iván Gutiérrez Loyola, Secretario Municipal (S), Ministro de Fe.