MODIFICA PLAN REGULADOR COMUNAL

    Núm. 3.- Coyhaique, 20 de octubre de 1997.- Vistos: Las atribuciones que me confiere la Ley Nº 18.695 de fecha 31.03.88, Orgánica Constitucional de Municipalidades, la Ley General de Urbanismo y Construcciones (D.F.L. 458  del 13.04.76), la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones (D.S. 47 del 19.05.92), el Fallo del Tribunal Electoral Regional Aysén de fecha 28.11.96 y el Acta de la Sesión Constitutiva del Honorable Concejo de la comuna de Coyhaique, de fecha 6 de diciembre de 1996; y art. 78 del Estatuto de Funcionarios Municipales, y

    Considerando: El acuerdo Nº 51 del Honorable Concejo Comunal que aprueba la modificación del Plan Regulador de la comuna "Equipamiento Villa Ucún Huanta I", en Sesión Ordinaria Nº 09 del 05.02.97, dicto lo siguiente:

    O r d e n a n z a:

    Artículo Nº 1: Modifíquese el Plan Regulador Comunal de Coyhaique, aprobado por Resolución Afecta Nº 067 de fecha 06.08.97, del Gobierno Regional Aysén, en el sentido de relocalizar el área destinada a Equipamiento del Loteo Villa Ucún Huanta I.

    Artículo Nº 2: Elimínese el Area de Equipamiento, para ser traspasado al Loteo Ucún Huanta III.
    Artículo Nº 3: Reubíquese parte del área verde Nº 5 en el lote área verde Nº 1, quedando con una superficie de 370,75 m2. de acuerdo a plano anexo.

    Artículo Nº 4: Según Plan Regulador Vigente, destínese a lote habitacional Nº 15 y establézcase como zona Z-6 el ex-lote de equipamiento y área verde Nº 4, de una superficie de 780,50 m2. de acuerdo a plano anexo.

    Artículo Nº 5: Defínase nueva ubicación del lote Nº 47 y establézcase como zona Z6 según Plano Regulador Vigente el lote habitacional Nº 48 de una superficie de 762,50 m2 de acuerdo a plano anexo.

    Artículo Nº 6: Reubíquese parte del área verde Nº 5 en (ex-lote Nº 14) de una superficie de 269,50 m2. según plano anexo.

    Artículo Nº 7: Elimínese calle Pemehue.
    Artículo Nº 8: Destínese a calle ex-parte lote Nº 13 y 14 y denomínese calle Paihuén.

    Artículo Nº 9: Destínese a calle ex-parte lote Nº 47 y área verde Nº 5 y denomínese Prolongación Callejón Las Quintas.

    Artículo Nº 10: Reubíquese el Area Verde Nº 4 en parte del Lote Nº 1 con una superficie de 671,87 m2 de acuerdo a plano anexo.

    Artículo Nº 11: Publíquese en el Diario Oficial texto íntegro del presente documento y un extracto en el diario de mayor circulación local.

    Artículo Nº 12: Archívense planos correspondientes en el Conservador de Bienes Raíces respectivo.
    Artículo Nº 13: Anótese, comuníquese, a quien corresponda y archívese.- Carlos Balbontín Balbontín, Alcalde.- Iván Gutiérrez Loyola, Secretario Municipal (S).