MODIFICA ORDENANZA MUNICIPAL
TITULO III
Art. 12°
a.- Modificar "Anual 10%" por "Semestral 6%"
b.- Modificar "Anual 15%" por "Semestral 8%".
Art. 12° Agregar letra "l", "Postes o estructuras de letreros, relojes, defensas peatonales y cabinas telefónicas, sin perjuicio de lo que corresponde a derecho de propaganda comercial". 50% U.T.M. Semestral.
TITULO IV
Crear Art. 14° bis "Venta exterior colegios máximo 2m2, mensual 8% U.T.M.
Art. 16° Nº 3 Agregar "Valor mínimo".
Agregar Nº 5 "Permisos especiales temporales por fiestas religiosas (no incluye venta bebidas alcohólicas), venta paquetería, flores, alimentos, artículos varios, máximo 8 m2" 6% UTM, más 1% UTM, por uso de suelo diario.
Agregar Nº 6 Bailes en locales sin patentes con expendio de bebidas alcohólicas, en fechas y ocasiones que lo faculte la Ley de Alcoholes, mínimo 50% de UTM diario.
Art. 19° Nº 2 reemplazar "30%" por "15%".
Agregar Nº 3 "Ocupación postes municipal semestral", 1% UTM.
Crear Art. 19° Bis Nº 1 valor anual patente industrial, comercial, profesional y alcoholes, mínimo 1 UTM y máximo 4.000 UTM.
Nº 2 Permisos especiales provisorios para patentes en trámite, 3% UTM diario (excluidas las patentes de alcoholes).
N° 3 No presentación capitales propios:
De la Comuna: Reajuste IPC anual más el cobro del 50% del valor de la patente en cada semestre.
Sucursales: Reajuste IPC anual y por la 1ª cuota la aplicación de 3 UTM del mes de mayo.
Art. 21 Nº 2 reemplácese "Entrega de concesiones por sectores" por "Extracción sin utilización de maquinaria pesada".
TITULO V
Art. 22° Modificar "50%" por "30%".
Interior
b) Puestos 4, 6, 7, Kioscos 13 al 20, Rol 5-095, Rol
5-096 30% UTM.
Puesto 5 40% UTM
Otros Inmuebles
letra a Rol 61 3 UTM.
TITULO VIII
Art. 26 Agrega
c) Paradero Taxis Básico 20% U.T.M. por vehículo anual
d) Paradero Taxis colectivos 20% U.T.M. por vehículo anual
e) Paradero Buses Loc. Colectiva 1 U.T.M. por vehículo anual
f) Estac. Reserv. Vehíc. Serv. Públicos Exento
g) Estac. Reserv. Vehíc. Serv. Semifisc. 1 U.T.M. por vehículo
anual.
Art. 27° letra d. Modificar "25%" por "10%"
TITULO IX
Art. 30°
Nº 1 Reemplácese "1,5% UTM" por $350.- Impuesto Municipal
Nº 2 Reemplácese "4% UTM" por $1.000.- Impuesto Municipal
Agregar
Nº 3 "Certificado $350 Impuesto Municipal
Nº 4 "Envío Lic. Dom. infractor $1.000.- Impuesto Municipal
Los valores señalados en Impuesto Municipal serán reajustados de acuerdo al IPC anual y el valor resultante será elevado al 50 ó 100 más cercano.
TITULO X
Art. 31° letra a, modifíquese "2%" por "1%"
Elimínese las letras: j, k, l
Agregar inciso Art. 31° "En los conjuntos habitacionales las unidades repetidas se rebajarán de acuerdo a las siguientes normas":
Se considerará como unidad repetida la casa individual, aislada o pareada ya sea de uno o dos pisos, que se repite en el conjunto y en los edificios en altura con piso tipo repetido la totalidad de un piso que se repite.
Nº de unidades Disminución de Derechos
3 a 5 unidades 10%
6 a 10 unidades 20%
11 a 20 unidades 30%
21 a 40 unidades 40%
41 o más unidades 50%
Reemplácese Art. 32° por "Fíjense los siguientes derechos por concesiones para instalaciones o construcciones en bienes nacionales de uso público":
1.- Instalación de andamios y cierres provisorios para
construcciones y similares, por cada M2 ocupado de un
B.N.U.P. Diario 0,5% UTM.
2.- Remoción de pavimentos, por M2 o fracción ocupado
Diario 2% UTM.
3.- Mantención de escombros o materiales de construcción en un
B.N.U.P. por M2 Diario 2% UTM.
4.- Uso de la vía pública por construcción pavimentos nuevos
Exento.
Reemplácese Art. 33° por "Derechos Varios"
1.- Copia de planos autorizados, por cada
M2 o fracción 15% UTM
2.- Copia de plano regulador de Vallenar 30% UTM
3.- Inscripción en Registro de Contratista
(anual) 70% UTM
4.- Certificados de inscripción en Reg. de
Contratista 2,5 UTM
5.- Certificados o Informes Técnicos que
involucren inspección profesional de
terreno. 1% UTM
6.- Copia autorizada de documentos por hoja 1% UTM