Cuadragésimaquinta. Las reformas introducidas alLEY 20050
Art. 1º Nº 54
D.O. 26.08.2005 Capítulo VII entran en vigor seis meses después de la publicación de la presente reforma constitucional con la excepción de lo regulado en la Disposición Cuadragésimatercera.
Art. 1º Nº 54
D.O. 26.08.2005 Capítulo VII entran en vigor seis meses después de la publicación de la presente reforma constitucional con la excepción de lo regulado en la Disposición Cuadragésimatercera.