Trigesimaséptima.- No obstante lo dispuesto en elLEY 19519
Art. único Nº 8
D.O. 16.09.1997
artículo 80 E, en la quina y en cada una de las ternas que se formen para proveer por primera vez los cargos de Fiscal Nacional y de Fiscales Regionales, la Corte Suprema y las Cortes de Apelaciones podrán incluir, respectivamente, a un miembro activo del Poder Judicial.