DECRETO N° 519, 11 DE ABRIL DE 1997
LA ALCALDIA DE ÑUÑOA DECRETO HOY LO SIGUIENTE:

    1°) Incorpórese a la Ordenanza Municipal N° 24, sobre"Determinación de tarifa por el servicio domiciliario de aseo",el siguiente artículo transitorio:

    "Artículo Transitorio N° 2.- El pago de la primera cuotatrimestral del derecho de aseo, para el año 1997, se efectuaráhasta el día 30 de mayo del presente año.

    El plazo establecido en el artículo 15°, inciso primero deesta Ordenanza, se prorroga para el año 1997, hasta el día 30 de mayo."
    PEDRO SABAT PIETRA CAPRINA, ALCALDE.