Artículo 161.- Las DFL 7, HACIENDA
Art. 2° c)
D.O. 15.10.1980
sanciones por infracción a las disposiciones tributarias, que no consistan en penas privativas de libertad, serán aplicadas por el Tribunal Tributario y Aduanero, previo el cumplimiento de los LEY 20322
Art. SEGUNDO Nº 48 a)
D.O. 27.01.2009
trámites que a continuación se indican:

    1° En conocimiento de haberse cometido una infracción o reunidos los antecedentes que hagan verosímil su comisión, se levantará un acta por el funcionario competente del LEY 20322
Art. SEGUNDO Nº 48 b)
D.O. 27.01.2009
Servicio, quien la notificará al imputado personalmente o por cédula.
    2° El afectado, dentro del plazo de diez días, deberá formular susLEY 19041
Art. 4° e)
D.O. 11.02.1991
descargos, contado desde la notificación del acta; en su escrito de descargos el reclamante deberá indicar con claridad y precisión los medios de prueba de que piensa valerse.
    En las causas de cuantía igual LEY 20322
Art. SEGUNDO Nº 48 c)
D.O. 27.01.2009
o superior a treinta y dos unidades tributarias mensuales, se requerirá patrocinio y representación en los términos de los artículos 1º y 2º de la ley Nº 18.120.
    3° Pendiente el procedimiento, se podrán tomar las medidas conservativas necesarias para evitar que desaparezcan los antecedentes que prueben la infracción o que se consumen los hechos que la constituyen, en forma que no se impida el desenvolvimiento de las actividades del contribuyente.
    Contra la resolución que ordene las medidas anteriores y sin que ello obste a su cumplimiento, podrá ocurrirse ante el Ley 21039
Art. 2 N° 13 a)
D.O. 20.10.2017
Tribunal que la dictó, dentro del término de cinco días, contado desde la notificación de la resolución respectiva, quien resolverá con citación del Jefe del Servicio del lugar donde se haya cometido la infracción. El fallo que se dicte sólo será apelable en lo devolutivo. ElLey 20752
Art. 3 Nº 3 a)
D.O. 28.05.2014
plazo para apelar será de 15 días, contado desde la notificación de la sentencia
    4º. Presentados los descargos LEY 20322
Art. SEGUNDO Nº 48 d)
D.O. 27.01.2009
se conferirá traslado al Servicio por el término de diez días. Vencido este plazo, haya o no contestado el Servicio se ordenará recibir la prueba que se hubiere ofrecido, dentro del término que se señale.
    Si no se presentaren descargos o no fuere necesario cumplir nuevas diligencias, o cumplidas las que se hubieren ordLEY 20322
Art. SEGUNDO Nº 48 e)
D.O. 27.01.2009
enado, el Juez Tributario y Aduanero que esté conociendo del asunto, dictará sentencia.
    5° Contra la sentencia que se dicte sólo LEY 20322
Art. SEGUNDO Nº 48 f)
D.O. 27.01.2009
procederán los Ley 21210
Art. primero N° 51 a), i. y ii.
D.O. 24.02.2020
recursos a que se refiere el artículo 140.
    En contra de la sentencia de segunda instancia, procederán los recursos de casación, en conforLEY 20322
Art. SEGUNDO Nº 48 g)
D.O. 27.01.2009
midad a los artículos Ley 21210
Art. primero N° 51 b)
D.O. 24.02.2020
144 y 145.
    6° Suprimido.
    7° No regirá el procedimiento de este Párrafo respecto de los intereses o de las sanciones pecuniarias aplicados por el Servicio y relacionados con hechos que inciden en una liquidación o reliquidación de impuestos ya notificada al contribuyente. En tales casos, deberá reclamarse de dichos intereses y sanciones conjuntamente con el impuesto, y de conformidad a lo dispuesto en el Título II de este Libro.
    8° El procedimLEY 18110
Art. 3° j)
D.O. 26.03.1982
iento establecido en este Párrafo no será tampoco aplicable al cobro que la Tesorería haga de intereses devengados en razón de la mora o atraso en el pago.
    9° En lo establecido por este artículo y en cuanto la naturaleza de la tramitación lo permita, se aplicarán las demás normas contenidas en el Título II de este LibLEY 19806
Art. 43
D.O. 31.05.2002
ro.
    10. No se aplicará el procedimiento de este Párrafo tratándose de infracciones que este Código sanciLEY 20322
Art. SEGUNDO Nº 48 h)
D.O. 27.01.2009
ona con multa y pena privativa de libertad. En estos casos corresponderá al Servicio recopilar los antecedentes que habrán de servir de fundamento a la decisión del Director a que se refiere el artículo 162, inciso tercero.
    Con el objeto de llevar a cabo la recopilación a que se refiere el inciso precedente, el Director podrá ordenar la aposición de sello y la incautación de los libros de contabilidad y demás documentos relacionados con el giro del negocio del presunto infractor.
    Las medidas mencionadas en el inciso anterior podrán ordenarse para ser cumplidas en el lugar en que se encuentren o puedan encontrarse los respectivos libros de contabilidad y documentos, aunque aquél no corresponda al domicilio del presunto infractor.
    Para llevar a efecto las medidas de que tratan los incisos anteriores, el funcionario encargado de la diligencia podrá recurrir al auxilio de la fuerza pública, la que será concedida por el Jefe de Carabineros más inmediato sin más trámite que la exhibición de la resolución que ordena dicha medida, pudiendo procederse con allanamiento y descerrajamiento si fuere necesario.
    Contra la resolución que ordene dichas medidas y sin que ello obste a su cumplimiento, podrá LEY 19806
Art. 43 Nº 3 b)
D.O. 31.05.2002
ocurrirseLey 21039
Art. 2 N° 13 b)
D.O. 20.10.2017
ante el Juez Tributario y Aduanero competente, en el plazo de diez días contado desde la notificación de la resolución respectiva, quien resolverá con citación del Jefe del Servicio del lugar donde se haya cometido la infracción. El fallo que se dicte sólo será apelable en lo devLey 20752
Art. 3
D.O. 28.05.2014
olutivo. El plazo para apelar será de 15 días, contado desde la notificación de la sentencia.