PRORROGA APLICACION DE COBRO DEL SERVICIO DOMICILIARIO POR EXTRACCION DE BASURA

    Núm. 118-L.- Constitución, 24 de febrero de 1997.-
    Vistos: Las facultades que me confiere la Ley Nº 18.695, Ley Orgánica de Municipalidades y sus modificaciones. El Decreto Alcaldicio Nº 44-L del 26 de enero de 1996 en lo relativo al cobro del servicio domiciliario por extracción de basuras, publicado en el Diario Oficial de 31 de enero de 1996. El acuerdo del Concejo Municipal de fecha 24 de febrero de 1997.
    Considerando: La necesidad de prorrogar la aplicación de la Ordenanza por cobro del servicio domiciliario por extracción de basura dada su complejidad en el proceso de cobranza.

D e c r e t o:

    Agrégase el siguiente artículo transitorio a la Ordenanza que regula el cobro del servicio domiciliario por extracción de basura:
    "Artículo transitorio.- Prorróguese el vencimiento de la primera cuota correspondiente al 30 de marzo de 1997 al 30 de junio de 1997. Prorróguese la fecha para solicitar las exenciones al pago de dicha cuota correspondiente al 28 de febrero de 1997 al 30 de mayo de 1997.
    El pago de la primera cuota no generará reajustes ni intereses de ninguna índole, siendo su fecha de vencimiento el 30 de junio."
    Anótese, comuníquese y publíquese.- Roberto Urrutia Concha, Alcalde.- Alda Véliz Sifrig, Secretario Municipal.