DECLARA A MEJILLONES COMO TERRITORIO OBJETO  DE  ESTUDIO  DE MODIFICACION  DE PLAN REGULADOR

    Núm. 01/97 exento.- Mejillones, enero 22 de 1997.- Vistos: El Decreto Alcaldicio Nº 033/96 Registro, de fecha 06.12.96, la comuna de Mejillones como centro de inversiones de todo tipo, especialmente industriales; la condición privilegiada que tiene la ubicación geográfica de la bahía de y su potencial vocación portuaria, turística e industrial; el desarrollo del Proyecto de Plan Regulador Comunal del Puerto y Bahía de Mejillones, que se encuentra en su fase final; la necesidad de no generar cambios en el territorio en tanto no se apruebe el Proyecto de nuevo Plan Regulador Comunal, lo establecido en el artículo 117 de la Ley General de Urbanismo y Construcciones; las facultades que otorga la Ley Nº 18.695, Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades, dicto el siguiente:

    D e c r e t o:

    1.- Declárese la Comuna de Mejillones como territorio objeto de estudio de modificación del Plan Regulador Comunal vigente.
    2.- Postérganse en todo el territorio comunal y por el plazo de tres meses contados desde la fecha del presente Decreto, todos los permisos de subdivisión, loteo o urbanización predial y de construcciones.
    3.- Exceptúese de este congelamiento a las siguientes áreas:

    Sector Oriente hasta calle Serrano, Sector Poniente hasta calle Loa, Sector Norte hasta el Borde Costero y Sector Sur hasta camino de Fertilizante, Balneario Hornitos y Balneario Itata en su loteo original, aprobado con anterioridad al año 1995.
    4.- Publíquese el texto íntegro del presente Decreto en el Diario Oficial y en el Periódico de mayor circulación en la Comuna, dos veces en semanas distintas.-

      Marcelino Carvajal Ferreira, Alcalde.- Samuel Hidalgo Palacios, Secretario Municipal.