POSTERGA POR PLAZO QUE INDICA PERMISOS QUE SEÑALA Núm. 2.613 exento.- Providencia, 29 de Diciembre de 1993.- Vistos: El D.S. N°424 de 1975 (V. y U.) que aprueba el Plan Regulador de Providencia; lo dispuesto en el artículo 117° del D.F.L. 458 de 1976, del MINVU, Ley General de Urbanismo y Construcciones; y en uso de las facultades que me confieren los artículos 3° letra c), 5° letra d), 10 y 56 letra i) de la Ley N°18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades, y Considerando:
    1.- El Ord. N° 1.302/54 de 9 de Diciembre de 1983 de la I. Municipalidad de Providencia.
    2.- El Ord. N° 3.694 de 27 de Diciembre de 1993 de la Secretaría Ministerial Metropolitana de Vivienda y Urbanismo, que informa favorablemente la postergación por 3 meses de los permisos de subdivisión, loteo o urbanización predial y de construcciones, dentro del polígono que se indica.
    Decreto:

    1.- Postérgase por un plazo de tres meses, los permisos de subdivisión, loteo o urbanización predial y de construcción que se soliciten en los predios ubicados en la zona de uso UpCO, y que sean colindantes con zonas UpR, correspondientes al plano S.B.B.1. 1. del plano oficial "Seccional Barrio Bellavista", aprobado por Resolución S.M.M. V. y U. N° 56 de 27 de Julio de 1990.
    2.- El plazo señalado precedentemente correrá a contar de la fecha de publicación del presente Decreto en el Diario Oficial.
    3.- Publíquese por una sola vez en el Diario Oficial y en el Diario El Mercurio el día 4 de Enero de 1994.
    Anótese, comuníquese y archívese.- Carmen Grez de Anrique, Alcaldesa y Josefina García Trias, Secretario Abogado Municipal.
    Lo que comunico a Ud., para su conocimiento.- Saluda Atte. a Ud.- Josefina García Trias, Secretario Abogado Municipal.