APRUEBA MODIFICACION AL PLANO SECCIONAL NUEVA PROVIDENCIA (TRAMO 1)
    Núm. 2.375 exento.- Providencia, 17 de diciembre de 1996.
    Vistos: Lo dispuesto por los artículos 43 y 45 del DFL. N° 458 de 1976, Ley General de Urbanismo y Construcciones; el artículo 2.1.7. de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones; y teniendo presente las facultades que me otorgan los artículos 5 letra d), 10, 56 letra i), 58 letra b) y 69 letra b) de la Ley N° 18.695 de 1988, Orgánica Constitucional de Municipalidades, y
    Considerando:
    1.- Que mediante Decreto Alcaldicio Ex. N° 1.038 de 30 de mayo de 1996, se expuso al público la
''Modificación Seccional Prolongación calle Arquitecto Gonzalo Mardones''.
    2.- Las publicaciones efectuadas en el Diario El Mercurio los días 5 y 11 de junio de 1996.
    3.- Las observaciones al Proyecto de ''Modificación Seccional Prolongación calle Arquitecto Gonzalo Mardones'', formuladas con fecha 25 de mayo de 1996, por comunidad de edificios del sector.
    4.- El acuerdo N° 715 adoptado en la Sesión Ordinaria N° 187 de 1° de octubre de 1996 del Concejo Municipal, que aprobó la modificación al Plano Seccional Nueva Providencia (Tramo 1), en la prolongación de la calle Gonzalo Mardones, cuyo texto aparece en la parte dispositiva de este decreto.
    5.- El Oficio Urb. N° 842 Ord. N° 1.302/136 de 5 de noviembre de 1996, del Director de Obras, que da respuesta a las observaciones de los vecinos de acuerdo a lo aprobado por el Concejo Municipal.
    D e c r e t o:

    1.- Apruébase la Modificación al Plano Seccional Nueva Providencia (Tramo 1), en la prolongación de calle Gonzalo Mardones, que consiste en lo siguiente:
    1.1.- Se suprime la conexión de la prolongación de la calle Arquitecto Gonzalo Mardones con la Avda. Once de Septiembre.
    1.2.- Se prolonga la calle Arquitecto Gonzalo Mardones para su conexión con Avda. Manuel Montt con un pasaje peatonal de 8 mts. de ancho y que afecta en su límite norte en 6 mts. a la propiedad de Manuel Montt N° 165 y en 2 mts. por el límite sur a la propiedad de Manuel Montt N° 137.
    1.3.- Los propietarios de los inmuebles de Manuel Montt N° 137 y N° 165 deberán constituir una servidumbre de paso en el nivel del terreno, que grave el pasaje indicado.
    1.4.- El eje de este pasaje privado constituye el límite entre la zona de uso comercial y la de uso mixto.
    2.- Publíquese el texto íntegro del presente Decreto en el Diario Oficial y además un extracto en el diario El Mercurio.

    Anótese, publíquese, archívese.- Cristián Labbé Galilea, Alcalde, y Josefina García Trias, Secretario Abogado Municipal.
    Lo que comunico a Ud. para su conocimiento.- Saluda Atte. a Ud., Josefina García Trias, Secretario Abogado Municipal.