AUTORIZA ENTRADA EN VIGENCIA DEL REAVALUO DE BIENES RAICES NO AGRICOLAS
    Núm. 1.779 exento.- Calbuco, 18 de Mayo de 1995.- Vistos:
    Lo dispuesto en la Ley N° 19.380, que establece modalidades de aplicación de Reavalúos de Bienes Raíces No agrícolas y modifica Leyes N° 19.000, 19.034 y 19.339.
    El acuerdo del H. Concejo Municipal de Calbuco, que consta en Acta de Sesión Ordinaria N° 126 de 17 de Mayo de 1995.
    Las facultades que me confiere la Ley N° 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades y sus modificaciones.
    Decreto:

    Autorízase a contar del 1° de Julio de 1995, la entrada en vigencia del Reavalúo de Bienes Raíces No Agrícolas, practicado por el Servicio de Impuestos Internos, conforme a lo dispuesto en el artículo 3° de la Ley N° 19.000.
    Publíquese en el Diario Oficial el presente Decreto, atendiendo a lo dispuesto en el Artículo N° 2 de la Ley 19.380.

    Anótese, comuníquese y archívese.- Nelson Villarroel Castrillón, Alcalde.- Leonel Villarroel Villarroel, Secretario Municipal.