MODIFICA ORDENANZA MUNICIPAL PARA DETERMINAR TARIFAS DE ASEO, COBRO Y EXENCIONES
    Núm. 1.746 exento.- Rancagua, 30 de agosto de 1996.- Considerando:
    1.- Que, mediante el Decreto Exento N° 1.633, de fecha 8 de septiembre de 1995, se aprobó la Ordenanza Municipal para determinar Tarifas de Aseo, Cobro y Exenciones parciales o totales de éstas.
    2.- Que, mediante los Decretos Exentos N° 2.455, 762, 860, 925, 1.087 y 1.475, de fechas 21 de diciembre de 1995, 19 de abril, 6 y 14 de mayo, 3 de junio y 26 de julio, todos del año 1996, se modificó la Ordenanza Municipal para determinar Tarifas de Aseo, Cobro y Exenciones parciales o totales de éstas.
    3.- Que, en sesión extraordinaria N° 201, de fecha 27 de agosto de 1996, el Concejo Municipal acordó por la unanimidad de sus miembros asistentes modificar el artículo tercero transitorio de dicha Ordenanza.
    4.- El Ord. N° 470, de fecha 26 de agosto de 1996, del Departamento de Rentas, y
    Vistos: Las facultades que me confiere la Ley N° 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades, y la Resolución N° 55, de 1992, de la Contraloría General de la República.
    D e c r e t o:

    Modifícase la Ordenanza Municipal para determinar Tarifas de Aseo, Cobro y Exenciones parciales o totales de éstas, en el sentido de modificar el artículo tercero transitorio por el siguiente:
    "Artículo 3°: La tercera y cuarta cuota del derecho de aseo de cobro directo, correspondiente al año 1996, se podrá cancelar hasta el 11 de octubre de 1996 y el 10 de diciembre de 1996, respectivamente, sin que los contribuyentes queden obligados al pago de reajustes e intereses".

    Anótese, comuníquese, publíquese en el Diario Oficial y archívese.- Esteban Valenzuela Van Treek, Alcalde.- Carlos Morales Lara, Secretario Municipal.