ADELANTA ENTRADA EN VIGENCIA REAVALUO DE BIENES RAICES NO AGRICOLAS
    Núm. 1.663 exento.- Recoleta, 23 de mayo de 1995.- Visto:
    1.- Lo dispuesto en la Ley 19.380 que establece modalidades de aplicación para la puesta en vigencia de los reavalúos de los bienes raíces no agrícolas.
    2.- El Acuerdo N° 32 de 22 Mayo 1995, del Concejo Municipal; y
    Teniendo presente: Las facultades que me confiere la Ley 18.695 Orgánica Constitucional de Municipalidades, con esta fecha dicto el siguiente decreto.
    Decreto:

    1.- Adelántese, en la Comuna de Recoleta, a partir del segundo semestre 1995, la entrada en vigencia de los reavalúos de los bienes raíces no agrícola practicado por el Servicio Impuesto Interno conforme a lo dispuesto en el Art. 3° de la Ley 19.000.
    2.- Publíquese el presente Decreto Alcaldicio en el Diario Oficial, y ofíciese al Servicio de Impuesto Interno para los fines legales y administrativos pertinentes.

    Anótese, comuníquese y transcríbase.- Ernesto Moreno Beauchemin, Alcalde.- Horacio Novoa Medina, Secretario Municipal.
    Lo que transcribo a Ud., conforme a su original.- Horacio Novoa Medina, Secretario Municipal.