APRUEBA ADELANTO DE VIGENCIA DE REAVALUO DE BIENES RAICES NO AGRICOLAS
    Núm. 1.391 exento.- Vallenar, 25 de Mayo de 1995.- Vistos: La Ley N° 19.380, que establece modalidades de aplicación de los reavalúos de Bienes Raíces no Agrícolas; Carta de fecha 17 de Abril de 1995, del Director Servicio Impuestos Internos; Circular N° 026, del 19-04-95, de la Subsecretaría de Desarrollo Regional y Administrativo; Acuerdo N° 86, adoptado en Sesión Ordinaria N° 17 de fecha 24 de Mayo de 1995, del Concejo Municipal de Vallenar y teniendo presente las atribuciones que me confiere la Ley N° 18.695, de 1988, Orgánica Constitucional de Municipalidades;
    Decreto:

    1°.- Apruébese el adelanto de la vigencia de los Bienes Raíces no Agrícolas de la Comuna de Vallenar, a partir del Segundo Semestre de 1995, de conformidad con lo establecido en el artículo 2°, de la Ley N° 19.380.
    Anótese, comuníquese y publíquese.- Juan Horacio Santana Alvarez, Alcalde.- Catisis Lina Maldonado Tronci, Secretaria Municipal.