MANTENCION Y RENOVACION DE AREAS VERDES DE LA COMUNA Núm. 1.221 exento.- Providencia, 9 de Junio de 1995.- Ex. N° 1.221.- Vistos: Lo dispuesto en los artículos 5 letra d), 10 y 56 letra i) de la Ley N° 18.695 de 1988, Orgánica Constitucional de Municipalidades, y
    Considerando: Que es necesario llamar a propuesta pública para la "Mantención y Renovación de Areas Verdes de la comuna de Providencia".
    D e c r e t o:

    1.- Llámese a propuesta pública para la "Mantención y Renovación de Areas Verdes de la Comuna de Providencia".
    2.- Las condiciones de la propuesta son aquellas contenidas en las bases administrativas y especificaciones técnicas anexas a este decreto.
    3.- Podrán participar en la licitación las personas naturales o jurídicas que demuestren solvencia económica, experiencia en mantención de áreas verdes y estén inscritas hasta 7 días antes de la fecha de apertura de la propuesta, en el Registro de Contratistas de la Dirección de Aseo y Ornato de la Municipalidad de Providencia, en la especialidad Mantención de Areas Verdes, en Primera Categoría.
    4.- Publíquese el llamado a propuesta pública en los diarios El Mercurio y La Tercera los días 12, 13 y 14 de Junio de 1995 y en el Diario Oficial el día 16 de Junio de 1995.
    5.- La apertura de la propuesta se realizará el día 3 de Julio de 1995, a las 11.00 horas, en la Sala de Sesiones, Avda. Pedro de Valdivia N° 963.
    6.- Las ofertas se recibirán hasta el momento del inicio del acto de apertura.
    7.- El plazo para formular consultas será hasta las 14.00 horas del día 23 de Junio de 1995 y las respuestas a las consultas se darán el día 28 de Junio de 1995 en la Dirección de Aseo y Ornato.
    8.- Los interesados podrán retirar las bases administrativas y técnicas desde el día 12 de Junio de 1995, de 9.00 a 14.00 horas, en la Dirección de Administración y Finanzas, previo pago de $5.500.- por concepto de derechos municipales.

    Anótese, comuníquese y archívese.- Carmen Grez de Anrique, Alcaldesa.- Eduardo Vásquez Silva, Secretario Abogado Municipal, Subrogante.