PRORROGA ORDENANZA LOCAL DE DERECHOS MUNICIPALES Núm. 1.158 exento.- Parral, Diciembre 22 de 1992.- Vistos:
    1) Lo dispuesto en el decreto ley N° 3.063, de 1979, Art. 43° Ley de Rentas Municipales.
    2) El decreto exento N° 1.028 de fecha 27.12.92, de la Ilustre Municipalidad de Parral.
    3) La sesión ordinaria de fecha 09.12.91, del Concejo Municipal.
    4) Las facultades que me confiere la Ley N° 18.695, de 1988, la Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades y sus posteriores modificaciones.
    Decreto:

    1.- Prorrógase, a contar del 1° de Enero y hasta el 31 de Diciembre de 1993, la vigencia del decreto exento N° 1.028 de fecha 27.12.91, sobre Ordenanza Local de Derechos Municipales por concesiones, permisos y servicios para la Comuna de Parral, publicado en el Diario Oficial del 13 de Enero de 1992.
    2.- Derógase, el punto 3 del artículo 8°, sobre derechos municipales por actividades lucrativas.
    3.- Sustitúyese, el punto 3 del artículo 10°, sobre derechos relacionados con la explotación de Ferias Libres, por el siguiente:
    -3.- Puesto de verdulería y paquetería por feria ..... 4% U.T.M.

    Anótese, publíquese, en el Diario Oficial, infórmese al Sr. Intendente Regional, transcríbase, a todas las dependencias Municipales y archívese.- Guillermo Belmar Hernández, Alcalde de Parral.- Juan Carlos Alvarez Maigret, Secretario Municipal.