MODIFICA ORDENANZA N°1, DE 1995
    Núm. 964 exento.- Puerto Montt, 23 de Marzo de 1995.- Vistos: Las facultades que me confiere la Ley N° 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades, cuyo texto refundido fue fijado por el Decreto Supremo N° 662, del 16 de Junio de 1992, del Ministerio del Interior; lo dispuesto en el artículo 43 y siguientes del D.L. N° 3.063, de 1979, Ley de Rentas Municipales; lo instruido en la Ordenanza Municipal N° 01, sobre notificaciones de resoluciones Alcaldicias, publicada en el Diario Oficial N° 32.063, del 28 de Noviembre de 1984; y
    Teniendo Presente:
    1) El acuerdo favorable del Concejo Municipal, adoptado en reunión Ordinaria del 16 de Marzo de 1995.
    2) La necesidad de mantener actualizados los derechos Municipales por concesiones, permisos y servicios; y en uso de mis atribuciones legales, dicto el siguiente:
    Decreto:

    1.- Introdúcese a la Ordenanza Municipal N° 01 de 26 de Enero de 1995, publicada en el Diario Oficial del día 31 del mismo mes y año, la siguiente modificación:
    Agréguese el siguiente inciso final al numeral 2.2.8:
    "Este derecho en ningún caso podrá ser inferior al 15% de una U.T.M., por cada solicitud".

    Anótese, comuníquese, publíquese y archívese.- Juan Sandoval Paredes, Alcalde.- Jorge Schmidt Billeke, Secretario Municipal.