AUTORIZA POSTERGACION SELECTIVA DE PERMISOS DE EDIFICACION PARA ACTIVIDADES NO RESIDENCIALES Núm. 890 exento.- Providencia, 3 de mayo de 1996.- Vistos: El D.S. N° 424 de 1975 (V. y U.) que aprueba el Plan Regulador de Providencia; lo dispuesto en el artículo 117° del D.F.L. 458 de 1976, del MINVU, Ley General de Urbanismo y Construcciones; y en uso de las facultades que me confieren los artículos 3° letra c), 5° letra d), 10 y 56 letra i) de la Ley N° 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades, y Considerando:
    1.- El Ord. N° 1.302/31 de 18 de Marzo de 1996 de la I. Municipalidad de Providencia.
    2.- El Ord. N° 746 de 3 de Abril de 1996 de la Secretaría Ministerial Metropolitana de Vivienda y Urbanismo, que informa favorablemente la postergación selectiva de permisos de edificación por 3 meses en el sector comprendido por los predios que enfrentan las calles Tegualda y Girardi, entre el límite sur de la comuna y la Avda. Santa Isabel.
    D e c r e t o:

    1.- Autorízase, por un plazo de tres meses, la postergación selectiva de permisos de edificación para actividades no residenciales en el sector comprendido por todos los predios que enfrentan las calles Tegualda y Girardi, entre el límite sur de la comuna y la Avda. Santa Isabel.
    2.- El plazo señalado precedentemente correrá a contar de la fecha de publicación del presente Decreto en el Diario Oficial.
    3.- Publíquese por una sola vez en el Diario Oficial y en el Diario El Mercurio el día 10 de Mayo de 1996.
    4.- Remítase copia del presente Decreto a la Secretaría Ministerial Metropolitana de Vivienda y Urbanismo.

    Anótese, comuníquese y archívese.- Carmen Grez de Anrique, Alcaldesa.- Josefina García Trías, Secretario Abogado Municipal.