RECTIFICA DECRETO EXENTO N° 123, DE 1991 Rancagua, junio 21 de 1991.- Con esta fecha la Alcaldía decretó lo siguiente: Núm. 784 exento.-
    Decreto:

    Rectifícase la Ordenanza Local de Derechos Municipales por Permisos, Concesiones y Servicios vigentes para el año 1991 contenida en el decreto exento N° 120, de 1989, modificado por el decreto exento N° 050, de 1990, y por decreto exento N° 123, de 28 de enero de 1991, en el sentido de sustituir el Artículo 14 Letra Letra A. Unidad de Patentes N° 1, Derechos por concepto de instalaciones o contrucciones en bienes nacionales de uso público, letra d) por el siguiente:
"d) Instalaciones de circos y parques de entretenciones, por metro cuadrado o fracción ocupado, por semana o
fracción_____________________________0,025 U.T.M.
    Y en el Art. 14, letra A, Unidad de Patentes N° 1, Derechos por conceptos de instalaciones o construcciones en bienes nacionales de uso público, letra e):
"Ocupación por apoyo en postes de alumbrado público de propiedad municipal por cada poste,
anual____________________0,06 U.T.M.
    Tendido aéreo de cables de televisión sobre bienes nacionales de uso público, por metro líneal,
anual__________0,002 U.T.M.

    Anótese, publíquese, comuníquese y archívese.- Ricardo Sandoval Hernández, Alcalde de Rancagua (S).- José I. Iriondo Salaya, Secretario Municipal (S).