APRUEBA ADELANTO DE VIGENCIA DEL REAVALUO DE BIENES RAICES NO AGRICOLAS
    Núm. 740 exento.- Licantén, 21 de Noviembre de 1995.- Vistos:
    a) La Ley N° 19.380 publicada el día 31 de Marzo de 1995 en el Diario Oficial N° 35.132.
    b) El Acuerdo del Concejo Municipal de Licantén, de fecha 8 de Noviembre de 1995.
    c) Las facultades que me confiere la Ley N° 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades y sus modificaciones posteriores, he acordado y;
    D e c r e t o:

    1.- Apruébase, el adelanto de la vigencia del reavalúo de los Bienes Raíces no Agrícolas de la Comuna de Licantén, a partir del primer semestre de 1996, de conformidad con lo establecido en el artículo 2° de la Ley 19.380.
    2.- Publíquese el presente Decreto en el Diario Oficial.

    Cúmplase, notifíquese y archívese.- Héctor Reyes Reyes, Alcalde.- Mónica Carreño Veloso, Secretario Municipal (S).