FIJA REAVALUO DE BIENES RAICES NO AGRICOLAS Núm. 704 exento.- Quemchi, mayo 9 de 1996.- Vistos: El acta de sesión constitutiva del Concejo Municipal del 26.09.92 y las facultades que me confiere la Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades N° 18.695/88 modificada por las Leyes 19.130 y 19.150/92 y refundido por el Decreto 662/92 del Ministerio del Interior.
    Considerando: El acuerdo del Concejo Municipal de Quemchi en reunión extraordinaria de fecha 9 de mayo 1996.
    D e c r e t o:

    Fíjase a partir del Segundo Semestre del año 1996, la entrada en vigencia del Reavalúo de los Bienes Raíces No Agrícolas de conformidad a la Ley 19.380.
    El presente Decreto debe ser publicado en el Diario Oficial antes del 31 de mayo 1996.

    Anótese, comuníquese, publíquese y archívese.- Juan Ulloa Ulloa, Alcalde (S).- Orlando Bello Sánchez, Secretario Municipal.